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Los asesores financieros coinciden: “Ni se te ocurra firmar el contrato de arras si no te entregan antes el certificado de eficiencia energética. Es obligatorio incorporarlo en la tasación»

Encontrar un piso que nos guste y que podamos pagar se ha convertido casi en algo imposible. Los precios de la vivienda siguen complicando las cosas, especialmente a quienes intentan comprar por primera vez, y conseguir una hipoteca tampoco es precisamente fácil. Después de meses mirando anuncios, haciendo números y visitando pisos que no terminan de convencernos, por fin encontramos uno que encaja con lo que buscamos. Pero el problema llega cuando empiezan las prisas y más si el vendedor quiere cerrar la operación. Además, puede que la inmobiliaria nos recuerde que hay más interesados y nosotros, ante la posibilidad de perder la casa, estamos dispuestos a entregar una señal cuanto antes.

En ese momento es cuando conviene prestar especial atención a la documentación, por mucho que nos apetezca dejarlo todo firmado. Montse Cespedosa, asesora financiera y experta hipotecaria con casi treinta años de experiencia, ha advertido de un detalle que puede complicar la compra: no disponer del certificado de eficiencia energética de la vivienda. La especialista, que comparte consejos sobre hipotecas en Instagram a través de su cuenta @montse_cespedosa, recomienda pedir este documento antes de firmar las arras. Y tiene sus motivos, ya que desde agosto de 2025 la normativa obliga a incorporarlo en determinadas tasaciones inmobiliarias.

Ni se te ocurra firmar el contrato de arras si no te entregan antes el certificado de eficiencia energética

«Ni se te ocurra firmar el contrato de arras si no te entregan antes el certificado de eficiencia energética», advierte Cespedosa. La asesora se refiere a un cambio normativo que puede afectar directamente a quienes necesitan financiación bancaria para comprar una casa. No se trata de un documento nuevo, puesto que lleva años siendo obligatorio en la venta de viviendas, pero ahora también tiene que incorporarse a las tasaciones sujetas a la regulación hipotecaria correspondiente.

El problema es que muchos compradores apenas prestan atención a este certificado. Después de negociar el precio, comprobar cuánto dinero les presta el banco y calcular los gastos de la operación, lo consideran un trámite más que puede resolverse antes de acudir al notario. Sin embargo, si el propietario no lo tiene preparado o está caducado, será necesario tramitar uno válido y eso puede retrasar la tasación.

La situación se complica cuando ya hemos firmado las arras y tenemos una fecha límite para formalizar la compraventa. Si la hipoteca no llega a tiempo, las consecuencias dependerán de las condiciones pactadas en el contrato. En unas arras penitenciales, por ejemplo, el comprador puede perder la cantidad entregada si finalmente desiste de la operación. Por eso es tan importante negociar una cláusula que contemple qué ocurre si el banco no concede la financiación. Eso sí, la ley no prohíbe de forma general firmar unas arras sin tener previamente el certificado energético. Lo que recomienda la experta es adelantarse a un posible problema y no comprometer dinero sin haber comprobado que el vendedor dispone de la documentación necesaria.

El cambio en las tasaciones que afecta a quienes van a pedir una hipoteca

La advertencia de Cespedosa está relacionada con la Orden ECM/599/2025, de 10 de junio, que modificó la normativa sobre valoraciones inmobiliarias. Sus disposiciones comenzaron a aplicarse el 12 de agosto de 2025 y obligan a incorporar el certificado de eficiencia energética registrado en las tasaciones reguladas de edificios terminados. En la práctica, esto supone que la sociedad encargada de tasar la vivienda debe contar con esa información para completar su informe conforme a las nuevas exigencias. Si el documento falta o ya no es válido, habrá que solucionar el problema antes de completar la valoración. Para quien está pendiente de conseguir una hipoteca y ha firmado unas arras con un plazo ajustado, cualquier retraso puede convertirse en un quebradero de cabeza.

Conviene recordar que el certificado energético se exige para vender una vivienda desde 2013. Actualmente, su regulación se encuentra en el Real Decreto 390/2021. La novedad introducida en 2025 afecta a su incorporación al proceso de tasación, donde la eficiencia energética pasa a tener un papel más relevante. La normativa también exige que la documentación registral y catastral empleada en determinadas valoraciones tenga una antigüedad máxima de tres meses. Son cuestiones que habitualmente gestionan los profesionales, pero que conviene conocer antes de comprometerse con una fecha de compraventa demasiado ajustada.

Cómo puede afectar el certificado energético al precio de la vivienda

La calificación energética de una casa va de la letra A, reservada a los inmuebles más eficientes, hasta la G, que corresponde a los que presentan peor comportamiento energético. No es un dato menor, especialmente cuando compramos una vivienda antigua. De hecho Cespedosa menciona estimaciones según las cuales cada mejora en la categoría energética podría incrementar alrededor de un 1,3 % el valor del inmueble. No obstante, ese porcentaje no constituye una regla fija para todas las viviendas, ya que el precio también depende de la ubicación, el estado de conservación y la situación del mercado.

Conseguir comprar una casa ya supone un esfuerzo económico considerable como para añadir problemas evitables a última hora. Pedir el certificado energético, revisar las condiciones de las arras y comprobar los plazos de financiación son precauciones que pueden ahorrarnos más de un disgusto. Y, cuando llevamos tanto tiempo esperando encontrar nuestra vivienda, merece la pena dedicar unos días a comprobarlo todo antes de firmar.