La ley contra el spam telefónico es un trampa. Vas a seguir recibiendo llamadas comerciales y esta es la razón
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Desde el pasado 29 de junio, las empresas de bienes y servicios tienen prohibido realizar llamadas comerciales no deseadas a los usuarios que no hayan dado su consentimiento expreso previamente. De lo contrario, pueden ser sancionadas con base en la Ley General de Telecomunicaciones, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en 2022. Sin embargo, la prohibición del spam telefónico es en realidad una trampa.
Concretamente, la ley establece que los usuarios tendrán derecho «a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales».
La trampa de la ley contra el spam telefónico
Han pasado dos meses desde que entró en vigor la prohibición y continuamos recibiendo llamadas comerciales sin que podamos hacer nada al respecto. Y es que la ley establece que las empresas no pueden hacer este tipo de llamadas sin haber recibido el consentimiento previo por parte de lo usuarios. El problema es que la gran mayoría de nosotros lo hemos dado, y ni siquiera somos conscientes de ello.
El artículo 66 de la ley dice lo siguiente: «No será de aplicación la restricción anterior siempre y cuando exista un consentimiento previo del propio consumidor y/o usuario para recibir comunicaciones comerciales que habilite al propio operador a efectuar las mismas».
Por lo tanto, si otorgamos nuestro consentimiento a una determinada compañía, tanto esta como las que forman parte de su grupo pueden llamarnos con ofertas. Asimismo, las operadoras están empezando a incluir en sus contratos una cláusula que contempla esto.
Pero, ¿y si nos hemos dado de baja? En este caso, la Ley General de Telecomunicaciones permite a la organización, siempre y cuando le hayamos dado nuestro consentimiento expreso, llamarnos durante un año para intentar lograr que volvamos.
En definitiva, ni siquiera con la entrada en vigor de la prohibición de realizar llamadas comerciales prevista en la Ley General de telecomunicaciones podemos librarnos del spam telefónico.
Esta permite que las empresas con las que se tenemos contratado algún servicio nos llamen. Ahora bien, en ningún caso se pueden ceder datos personales a otras empresas con fines comerciales sin el consentimiento específico y previo. Ante cualquier vulneración de derechos podemos denunciar los hechos en la Agencia Española de Protección de Datos.
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