LA DANA EN LOS TRIBUNALES

El CGPJ desata un tsunami con el cierre de la queja a la juez de la DANA: será recurrida en España y llegará a Europa

Los dos investigados en la causa recurrirán la decisión del Consejo Permanente del CGPJ sobre la juez de la DANA

Las víctimas de los audios y las que han denunciado la injerencia del marido de la juez suman más de las dos nombradas por el instructor del CGPJ

El CGPJ desata un tsunami con el cierre de la queja a la juez de la DANA: será recurrida en España y llegará a Europa
Ignacio Martínez

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha tomado conocimiento por unanimidad del acuerdo por el que el promotor de Acción Disciplinaria de ese organismo, Ricardo Conde, archiva la diligencia informativa abierta a la juez Nuria Ruiz Tobarra, titular de Instrucción 3 de Catarroja, que dirige las diligencias previas de la causa de la DANA de Valencia.

El cierre de la queja contra la jueza de la DANA ha desatado un auténtico tsunami en Valencia. Los dos investigados tienen decidido recurrir el archivo impulsado por Ricardo Conde de las quejas al Tribunal Constitucional. Primero, en alzada ante el propio Consejo. Pero están dispuestos a llegar a todas las instancias que sean necesarias, lo que de facto supondría que la DANA, la acción de la juez, la intromisión de su marido y la acción del Consejo, entre otras cuestiones, se trasladarían a instancias europeas.

La primera de las quejas presentadas por la intromisión del marido del juez de la DANA en la causa ante el CGPJ fue abierta en mayo de 2025, por la ex consellera de Justicia, Salomé Pradas, y el ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. El origen de esas mismas quejas fue la intromisión del marido de la instructora, el también juez Jorge Martínez Ribera, en la causa.

En concreto, el 14 de mayo de 2025, Pradas elevó una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Trasladaba al CGPJ que el derecho a la defensa de la ex consellera estaba siendo «gravemente» afectado por la forma en que Ruiz Tobarra conducía la instrucción. Y advertía haber «detectado irregularidades» que, a juicio de la defensa, «vulneran derechos fundamentales de las partes y ponen en cuestión la equidad del procedimiento». Sobre la citada queja, Salomé Pradas ha ido presentando ampliaciones. Hasta ahora, no estaba resuelta.

La última ampliación, también de Salomé Pradas, fue elevada al Consejo con fecha 16 de marzo y reiterada este mismo mes de septiembre. Las diligencias que Pradas había solicitado y sobre las que el Consejo no le ha respondido antes de que el instructor, el citado Ricardo Conde, decidiera archivarlas, en relación a este asunto, han sido que se requiriera al abogado Rubén Gisbert que aportase los audios que probaban la intromisión del marido de la juez, que prestaran declaración los cuatro representados por Rubén Gisbert (el instructor nombra solo dos en su acuerdo) y que se aportasen los WhatsApp.

Ahora, las defensas de las víctimas consideran que se han vulnerado sus derechos constitucionales, su derecho a la defensa y otra serie de circunstancias. Y quieren saber, a la vez, qué diligencias ha practicado el instructor, el citado Ricardo Conde. 

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