Llarena responde a Marlaska que la decisión de trasladar a los golpistas a Cataluña es de Interior
El juez Pablo Llarena ha dictado una providencia en la que comunica a los directores de los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares que “no existe razón procesal que conduzca a la custodia de los procesados en ningún centro penitenciario concreto, estando la decisión sujeta a los criterios penitenciarios que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias considere de aplicación”.
De esta forma, el magistrado responde a los escritos presentados por Instituciones Penitenciarias en los que le preguntaban sobre la existencia o no de algún tipo de inconveniente para proceder al traslado de los presos preventivos Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa, tal y como habían solicitado estos procesados por razones de vinculación familiar ante la Administración penitenciaria.
La providencia ha sido notificada por fax a los centros penitenciarios de Soto del Real y de Alcalá de Henares donde están ingresados en prisión provisional los cuatro procesados.
El Ministerio del Interior, a través de Instituciones Penitenciarias, preguntó al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena si ya había concluido la instrucción de la causa del golpe de Estado con la perspectiva de trasladar a cárceles catalanas a los presos preventivos de esa causa. Éste suponía el primer trámite para el traslado de esos reclusos, que ahora se encuentran repartidos entre las cárceles madrileñas de Soto del Real y Estremera.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, avanzaba poco después de tomar posesión que el traslado de los presos se evaluaría una vez que Llarena concluyera la instrucción que desarrolla en el Tribunal Supremo y que está próxima a su final.
La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo confirmaba ayer el procesamiento de Carles Puigdemont y de otros 14 investigados por delitos de rebelión, malversación y desobediencia en la causa sobre el proceso secesionista en Cataluña.
El pasado mes de marzo, el magistrado Pablo Llarena procesaba por rebelión y malversación a Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los siete consellers Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Antonio Comín y Dolors Bassa, “sin perjuicio de que su calificación pueda incardinarse en el delito específico de malversación o quedar absorbida en el delito agravado de rebelión con distracción de caudales públicos de su legítima inversión contemplado en el artículo 473.2 del Código Penal”.
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