Cataluña

La Fiscalía de Delgado recurre la libertad de los golpistas una vez celebradas las elecciones

La Fiscalía de Dolores Delgado ha recurrido este lunes el recurso contra el tercer grado que la Generalitat concedió a finales de enero pasado a los nueve presos del «procés», y lo ha hecho 18 días después de ser concedida la medida (doce tras la notificación) y un día después de las elecciones del 14-F, donde Oriol Junqueras, el líder de ERC condenado por sedición y malversación, celebraba sobre un atril, en libertad y no desde la prisión de Lledoners, la victoria histórica del independentismo catalán. Una victoria sin precedentes que se ha producido con Pedro Sánchez a la cabeza del Gobierno central, el mismo Sánchez que acusaba a Mariano Rajoy de ser una fábrica de independentistas.

El Ministerio Público de Dolores Delgado, que en el anterior tercer grado suspendido por el Tribunal Supremo, tardó tan solo 48 horas en recurrir, ha esperado casi dos semanas hasta que ha terminado no solo la campaña, sino la jornada electoral y los separatistas han podido jalear en libertad su victoria. Las fuentes jurídicas consultas por OKDIARIO han manifestado su enfado por lo hecho por la Fiscalía de Dolores Delgado, ex ministra de Sánchez. «La Fiscalía no puede depender de los tiempos políticos. Existe una separación de poderes que no se ha respetado con la decisión de esperar a que acabara el proceso electoral. Esto da alas al independentismo», explican las fuentes.

Los condenados por el «procés» volvieron a salir de prisión el pasado 29 de enero -a excepción de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que lo hizo un día después-, coincidiendo con el inicio de la campaña de las elecciones autonómicas del 14F, después de que la Generalitat les concedió de nuevo el tercer grado, que el Supremo les había revocado en diciembre.

El Ministerio Público ha interpuesto este lunes, justo el día después de las elecciones al Parlament, que se revoque el tercer grado de los nueve presos y que los respectivos juzgados de vigilancia penitenciaria dejen en suspenso su semilibertad, por la que únicamente va a prisión a dormir de lunes a jueves, hasta que se revuelva el fondo del asunto.

Junqueras

El líder de ERC, Oriol Junqueras, tras conocer la decisión de la Fiscalía de Dolores Delgado ha escrito en sus redes sociales: «Ayer el independentismo ganó claramente. Hoy la Fiscalía recurre el tercer grado. Quieren ganar en los juzgados lo que no pueden ganar en las urnas. No lo conseguirán. No nos rendiremos nunca. Trabajaremos siempre por la justicia social y la independencia de nuestro país».

En cuanto a los recursos dice, el de Junqueras que entiende el Fiscal que “no procede la progresión a tercer grado del interno, por cuanto no se hace mención en la resolución recurrida a ninguna circunstancia distinta a las que se contenían en la progresión acordada hace seis meses y revocada hace tan solo 40 días por el Tribunal Sentenciador (Tribunal Supremo), no haciéndose referencia ni en la resolución recurrida ni en los informes que lo acompañan, como hubiera sido lo pertinente, que los déficits indicados por tal Tribunal para la revocación del tercer grado, se habían ya superado, porque en definitiva, las razones indicadas por el Tribunal Supremo mantienen toda su vigencia”.

Además añaden que existe una incompatibilidad de la progresión a tercer grado con el cumplimiento de los fines de la pena, tanto los retributivos y de prevención general y especial como los de reeducación y resocialización. apostillan que «en el presente caso la progresión a tercer grado es incompatible con la necesaria realización de los fines retributivos y de prevención general y especial de la pena». Así, dicen que «no puede obviarse la extrema gravedad de los delitos cometidos ni el bien jurídico atacado».

Y a ese respecto, dice el recurso que: «La conducta por la que se condenó el interno fue muy grave, no sólo en términos jurídicos, sino en términos de repercusión social e institucional. En última instancia el perjuicio causado lo ha sido a la estructura de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, así como a la Constitución Española, habiéndose querido vulnerar  la unidad territorial que tal y como recoge la sentencia condenatoria».

El recurso prosigue diciendo que, además, los fines de reeducación y resocialización  tampoco están cumplidos, esto es, hacer del  interno una persona con la intención y la capacidad de vivir respetando la Ley penal, lo que difícilmente se puede predicar del interno en la medida en que no hay auténtica asunción delictiva.

El recurso también especifica que existe una falta de modificación de aquellos rasgos de la personalidad directamente relacionados con la actividad delictiva por cuanto Oriol Junqueras sigue pensando que los hechos por los que ha sido condenado no son constitutivos de delito. Dicen el recurso sobre este punto que, «reconocer los hechos y aceptar las consecuencias no es reconocer el delito, puesto que se puede reconocer lo que se ha hecho pero entender que es una actuación legítima y ajustada a derecho, tal y como ocurre en este caso».

Y terminan diciendo que, en absoluto se puede considerar que exista «una verdadera asunción delictiva» y su juicio hay que concluir que, ante la falta de nueva información, la situación se mantiene «exactamente igual a la que existía en los anteriores informes» que señalaban que el interno “Se define como una persona demócrata sobre todo y que actuó porque había un mandato superior del Parlamento de Cataluña y un consenso social suficientemente amplio para llevarlo a término”.

Y los fiscales le espetan que: «Lo democrático no es imponer la voluntad propia aprovechándose de la situación de poder que se ostenta convirtiendo su voluntad en ley, sino acatar las leyes y si no se comparten, el procurar cambiarlas por los cauces legales y democráticos, el interno no está condenado por su ideología sino por la falta de respeto a las leyes democráticas».

En cuanto a la resolución de los recursos serán dos Juzgados de Vigilancia Penitenciaria los que deban decidir. Si nos atenemos a los sucedido en la anterior ocasión, el juzgado que lleva a los varones les hará ingresar en el presidio, mientras que la juez que debe decidir sobre las féminas, si hace lo mismo que en la anterior ocasión, las dejará en libertad a la espera de los que decida el Tribunal Supremo.