El Tribunal de Cuentas denuncia que el PSOE dio a dedo un contrato de 524.000 euros en la EMT de Palma
Detecta una prolongación irregular en 2021 del servicio de limpieza, repostado de vehículos y servicios auxiliares
La compañía encargó sin concurso la ejecución de los trabajos a una empresa subcontratista que prestaba el servicio
El Tribunal de Cuentas denuncia que la anterior dirección socialista dio a dedo un contrato de 524.000 euros en la EMT de Palma en 2021, por una «prolongación irregular del servicio de limpieza, repostaje de vehículos y otros servicios auxiliares», al encargar directamente la ejecución de los trabajos, sin mediar convocatoria de un concurso, a la empresa subcontratista que hasta entonces se hacía cargo de ello hasta la adjudicación a un nuevo contratista.
Así figura en la actuación fiscalizadora de las sociedades mercantiles de capital íntegramente público que gestionan el transporte colectivo urbano de viajeros en municipios de más de 300.000 habitantes de España, realizada por el Tribunal de Cuentas. Entre compañías públicas fiscalizadas figuran, además de la EMT de Palma, la de Madrid, Valencia, Sevilla, Málaga, Las Palmas y otras ciudades del país.
Las situaciones de prolongación irregular de la prestación contractual detectadas en la fiscalización del ejercicio 2021 afectan, exclusivamente, a dos contratos rubricados uno de ellos la EMT de Palma y otro por TUSSAM en Sevilla, donde «la omisión de esa antelación o diligencia en la contratación, impidió tener adjudicado el nuevo contrato antes del vencimiento del anterior».
Ello dio lugar a una prolongación irregular mediante la continuación o el encargo de las prestaciones necesarias «al margen de los procedimientos legales de adjudicación». En ambos casos, remarca el informe, «se ha prolongado indebidamente y procedido a la exclusión de la concurrencia», más allá del tiempo previsto en el ordenamiento jurídico.
En el caso de la EMT de Palma, se trata de la tramitación del expediente de contratación del servicio de limpieza, repostado de vehículos y otros servicios auxiliares que se inició el 9 de junio de 2020.
El 12 de agosto concluyó la vigencia del mismo tras diversas prórrogas. En ese momento la compañía municipal de transportes, dirigida por el concejal socialista, hoy en la oposición, Francesc Dalmau, «ante la negativa de la anterior adjudicataria de continuar con el servicio, decidió encargar provisionalmente la ejecución de los trabajos a la empresa subcontratista que había venido prestando los trabajos encomendados».
El importe abonado, según la información aportada por EMT Palma, ascendió a 524.191,64 euros, IVA excluido.
Aunque la interposición de un recurso suspensivo contra el acuerdo de adjudicación es una circunstancia no previsible por la entidad contratante, afirma el Tribunal de Cuentas, «ello no justifica el retraso en la tramitación desde la fecha de inicio del expediente de contratación el 9 de junio de 2020 hasta la de la adjudicación, el 9 de febrero de 2021, ocho meses después”.
También el Tribunal advierte que el seguro colectivo de vida para la plantilla de la EMT Palma, la póliza anual de formalización indica erróneamente que «el precio máximo del contrato es de 1.120.470,58 euros anuales IVA excluido».
Sin embargo, el acuerdo de adjudicación establece como precio del contrato ese mismo importe, pero para una duración de dos años, fijando el presupuesto base de licitación de cada ejercicio en 650.000 euros.
También en el citado informe se reprocha a la EMT Palma que no publicara en su perfil de contratante la formalización de ninguno de los contratos incluidos en la muestra fiscalizada y lamenta por ello el Tribunal que en la información sobre contratos publicada en los portales de transparencia de la compañía se redujera a incluir un enlace al respectivo perfil de contratante.
Un hecho que «no permite cumplir por sí solo con todas las exigencias de la legislación sobre transparencia porque, no incluye los datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público”»
Además, concluye, esta forma de publicación dificulta la visión global a los datos, que deben ser consultados a través del acceso a cada uno de los expedientes publicados singularmente en el perfil del contratante.