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Prohens resuelve el tercer pago de ayudas al alquiler de 2023: dos millones de euros y 859 beneficiarios

En total se han concedido en lo que va de año más de 3,3 millones a 1.441 personas

Por Islas se han otorgado 1.049 en Mallorca; 249 en Menorca, 126 en Ibiza y 17 en Formentera

  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

La Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad del Govern presidido por Marga Prohens, ha resuelto el tercer pago de las ayudas para el alquiler de vivienda de 2023, por un importe de 1,99 millones de euros destinados a 859 personas beneficiarias.

Su desembolso se ha publicado este martes y es la tercera resolución que la Dirección General de Vivienda y Arquitectura ha resuelto hasta ahora, por importe de más de 3,3 millones, a un total de 1.441 personas beneficiarias, de las ayudas correspondientes a 2023.

En la distribución por Islas, se han concedido a 1.049 personas en Mallorca, por importe de más de 2,4 millones de euros; a 249, en Menorca, por importe de más de 565.000 euros; a 126, en Ibiza, por casi 320.000 euros; y a 17 personas en Formentera, por 42.700 euros.

Desde la Dirección General de Vivienda han subrayado que continúan trabajando en la revisión de expedientes de la línea de 2023, con vistas a próximos pagos, después de haber adelantado en el mes de mayo la resolución de las ayudas pendientes de 2022.

La Conselleria ha resaltado el volumen de expedientes que había sin resolver del año pasado y del anterior: hasta diciembre de 2023 no se acabó de resolver la convocatoria de 2021.

Hay que recordar que el día 14 de octubre de 2023 se publicó la orden de la Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad por la que se aprobaban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda.

Todo ello en el marco del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, por un importe de 6.574.766,38 euros con cargo a los fondos estatales y de 2.200.000 euros con cargo a fondos autonómicos.

Con carácter general, incluso en el caso de las familias numerosas, la cuantía de la ayuda es del 50% de la renta máxima mensual, si ésta es igual o inferior a 900 euros. En cualquier caso, la cuantía no podrá superar el límite máximo por vivienda de 3.000 euros.

Están excluidos quienes sean propietarios de otra vivienda, salvo que justifiquen que no está disponible por causa ajena a su voluntad o que sea inaccesible para algún miembro del hogar. También se excluyen a los inquilinos que tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora.

La casa debe estar destinada a residencia habitual y permanente y el beneficiario deberá presentar certificado de empadronamiento. No se puede pagar en efectivo, hay que justificar el pago de todos los meses.

La suma total de las rentas anuales de las personas que tengan el domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, deben ser iguales o inferiores a tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Este umbral es de cuatro veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; y de cinco veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.

Si ha cambiado de vivienda alquilada dentro del año, también es posible obtener la ayuda si lo comunica convenientemente en el plazo máximo de quince días desde la firma del nuevo contrato.

En Baleares las ayudas se resuelven por orden de presentación, hasta que se agote el presupuesto y si en el contrato de alquiler figuran diversos inquilinos y en la solicitud o en el contrato no se especifica cuál es la parte de la renta que satisface cada una de ellas, se entenderá que la pagan a partes iguales. Si bien, los inquilinos podrán manifestar su voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a una de ellas.