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La Policía Local de Palma pilla ‘in fraganti’ a un grafitero boliviano de 27 años en el barrio del Rafal

Esta infracción puede acarrear una sanción de hasta 600 euros en su grado máximo

Si la ordenanza cívica estuviera ya en vigor la multa podría ascender a 3.000 euros

  • Indalecio Ribelles
  • Redactor de OKBaleares, información local de Palma, social y política. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Agentes del distrito este de la Policía Local de Palma han pillado in fraganti a un grafitero boliviano de 27 años en el barrio del Rafal Vell.

El suceso tuvo lugar en torno a las 14.00 horas del pasado 8 de febrero cuando los agentes se percataron de la presencia de un individuo que estaba realizando un grafiti en la fachada de un edificio situado en la calle Pare Jeroni Boscana, junto al torrent de na Bàrbara.

Una vez identificado, resultó ser un hombre de nacionalidad boliviana y 27 años. Los agentes procedieron a denunciarlo por infringir la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana al deslucir bienes inmuebles privados en la vía pública. Esta infracción puede acarrear una sanción de hasta 600 euros en su grado máximo. Asimismo, se incautaron los botes de pintura en aerosol que utilizó para realizar el grafiti.

El Grupo de Investigación y Seguimiento de Denuncias (GISD) continúa con las pesquisas con el objetivo de determinar si el estilo y la firma coinciden con otras pintadas realizadas en la ciudad y determinar su autoría.

La Policía Local informa que sólo se han ofrecido imágenes parciales del grafiti para evitar la difusión de la obra y dar publicidad a su autor, que en caso de estar en vigor la nueva ordenanza de cívica aprobada inicialmente por el pleno municipal y que se encuentra en periodo de alegaciones, se enfrentaría a una sanción mayor.

En concreto de entre 1.500 y 3.000 euros, al considerarse una falta muy grave. En concreto, el artículo 16 de esta nueva normativa municipal prohíbe realizar actos de degradación grave y relevante en espacios públicos o privados no derivados de alteraciones de la seguridad ciudadana ni de infracción penal, realizados por cualquier medio.

Se incluyen las pintadas vandálicas a bienes muebles situados en la vía pública, en las fachadas de los inmuebles, o en sus cerramientos, que tendrán la consideración de falta muy grave.

En este caso, los agentes de la autoridad tienen que retirar e intervenir cautelarmente los materiales o medios empleados, levantando la correspondiente acta. Además el Ayuntamiento será el encargado de limpiar o reparar subsidiariamente los daños de los bienes públicos o causados por la infracción, con cargo a la persona o personas responsables, sin perjuicio de imponer las sanciones correspondientes.

Con el añadido de que cuando la pintada vandálica pueda constituir una infracción patrimonial prevista por el Código Penal, los agentes de la autoridad lo tienen que poner en conocimiento de la autoridad judicial competente.