El juez tumba la peatonalización de la plaza central de Ciutadella en Menorca que impuso la izquierda
Ordena al Ayuntamiento la inmediata restauración de la plaza del Born a su situación anterior
La peatonalización fue impugnada por unos empresarios acosados por ingentes pérdidas
El juez tumba la peatonalización de la plaza central de Ciutadella en Menorca que impuso la izquierda, que actualmente también gobierna este municipio de 32.000 habitantes en un pacto entre PSOE, PSM y Endavant con Maria José Bagur (PSM) como alcaldesa.
El TSJB ha estimado parcialmente la medida cautelar solicitada por un grupo de empresarios que adujo que la medida se había adoptado en un proceso administrativo irregular y sin adoptar las medidas adecuadas, al ser la plaza des Born espacio catalogado de interés general y patrimonial.
La Asociación de Restauración de CAEB estimaba el verano pasado que el impacto en los bares y restaurantes debido a la peatonalización de la plaza des Born y el traslado de la parada de autobús de la plaza dels Pins se cifraba en unas caídas de la facturación del 30 al 70%, con una media de entre siete y ocho anulaciones diarias de clientes que manifestaban que no podían llegar al centro.
La situación de estos negocios se ha visto además agravada por el hecho de que sus plantillas de trabajadores estaban dimensionadas para hacer frente al flujo de clientes propio de estas fechas. Unos clientes que dejaron de llegar y que dejaban estampas desoladoras de terrazas con mesas y sillas vacías.
Unas ingentes pérdidas económicas de cuya responsabilidad nadie hasta la fecha se ha hecho cargo más que los afectados por una peatonalización ahora anulada en los tribunales.
En su fallo, el TSJB deja sin efecto las actuaciones adoptadas en torno a la peatonalización de la plaza des Born de Ciutadella de Menorca. El Tribunal ordena al Ayuntamiento la inmediata restauración de las cosas a su situación anterior. Por contra, los magistrados desestiman la medida solicitada en cuanto al traslado de la parada de autobús.
El Tribunal estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por un grupo de empresarios del municipio contra la decisión del Tribunal de Instancia de Palma de la Sección de lo Contencioso Administrativo, que rechazó la adopción de dicha medida cautelar que implicaba dejar sin efecto las actuaciones llevadas a cabo por el Consistorio de Ciutadella.
La Sala se pronuncia en el seno del procedimiento ordinario referente a la prohibición del acceso rodado a la mayor parte de la plaza del Born, la eliminación de las plazas de aparcamiento, el traslado de la parada de autobús y la disposición en la calzada de una serie de elementos de mobiliario urbano que atentarían contra la consideración de la propia plaza como bien de interés cultural.
La Sala, en relación con el traslado de la parada de autobús, señala que se encuentran en sede de medidas cautelares y no pueden entrar a examinar con más detalles el asunto sin prejuzgar su fondo, «por lo que no puede accederse a la medida cautelar solicitada».
En cambio, en cuanto a la peatonalización de la Plaza des Born el Tribunal apunta que el Plan de Movilidad Urbana Sostenible «aún no ha sido aprobado».
Los magistrados destacan que el propio Ayuntamiento de Ciutadella «para justificar las actuaciones no indica las resoluciones que las ampararían ni el expediente administrativo que culminaría en aquéllas, sino que lo que afirman sus informes es que el Ayuntamiento tiene competencias para adoptarlas -lo que no se discute-, pues los expedientes a que se refiere son relativos a la aprobación de normas jurídicas y no los concretos actos que ampararían los hechos que denuncia el actor».
En definitiva, el Tribunal concluye que “no hay título habilitante respecto a la peatonalización de la plaza del Born de Ciutadella de Menorca, y debe accederse a la solicitud».
La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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