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Los coches extranjeros circularán por el restringido centro de Palma si tienen distintivo medioambiental

Aquellos que deseen acceder a la ZBE tendrán que tener etiqueta B, C, ECO y 0

Será necesario que lo soliciten cinco días antes y tendrá una validez de 30 días

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Cartel de entrada a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del centro de Palma.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor de OKBaleares, información local de Palma, social y política. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Los coches extranjeros podrán circular por el centro de Palma si cuentan con distintivo medioambiental B, C, ECO y 0, así como las motocicletas. El Ayuntamiento de la capital balear ha modificado la Ordenanza municipal reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) para permitir la inscripción y circulación de vehículos con matrícula extranjera, siempre que cumplan los requisitos ambientales establecidos.

Los vehículos con matrícula extranjera que deseen acceder a la ZBE de Palma y cumplan dichas condiciones deberán inscribirse previamente en el Registro Municipal. Una vez concedida la autorización, tendrá una validez de 30 días naturales desde la fecha de acceso solicitada.

Cabe recordar que no se permitirá el acceso a la ZBE sin la correspondiente autorización previa y será necesario solicitarlo con un mínimo de 5 días naturales de antelación. El procedimiento de inscripción se realizará a través del formulario disponible en la página web mobipalma.mobi.

Para completarlo, será necesario adjuntar la documentación requerida, como el pasaporte o NIE, el permiso de conducir, la ficha técnica del vehículo y la acreditación de titularidad, así como el justificante de entrada a la isla mediante pasaje.

En caso de vehículos de renting o leasing, deberá aportarse una copia del contrato a nombre de la persona titular. Esta modificación se debe a la aclaración realizada por la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre la equivalencia de los distintivos ambientales entre distintos países europeos, concretamente España, Alemania, Austria, Francia y Dinamarca.

En este sentido, el Ayuntamiento ha adaptado la normativa municipal de la ZBE a este criterio, ya que cuando se elaboraron el proyecto técnico y la ordenanza vigente, la interpretación aplicable era diferente.

No obstante, la DGT recuerda que estas equivalencias no otorgan automáticamente el derecho a la libre circulación en todas las ciudades, por lo que es necesario solicitar una autorización específica y consultar las páginas web oficiales de los ayuntamientos, donde se detallan los requisitos actualizados de acceso, posibles registros y condiciones aplicables a los vehículos extranjeros.

Con esta actualización se mantienen las condiciones ya vigentes para los vehículos con matrícula extranjera de residentes empadronados en la ZBE y para los titulares de comercios, garajes o inmuebles ubicados dentro de la zona, quienes pueden solicitar autorización por un periodo de hasta seis meses siempre que cumplan los requisitos ambientales.

Estándares ambientales

La novedad que introduce esta modificación es que los vehículos con matrícula extranjera no empadronados podrán solicitar autorización temporal, siempre que cumplan con los estándares ambientales EURO, según el periodo solicitado de acceso.

Asimismo, la modificación amplía la cobertura de los permisos de acompañamiento o recogida, que pasan de aplicarse a menores de 12 años a incluir a todos los menores de edad. Por último, cabe recordar que el régimen sancionador de la ZBE, en vigor desde el 1 de julio, se aplicará de forma progresiva.

Hasta diciembre de 2026 podrán circular todos los vehículos con distintivo B, C, ECO y 0, así como las motocicletas.

Desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2029, solo podrán hacerlo los vehículos con distintivo C, ECO y 0.

A partir del 1 de enero de 2030, únicamente podrán circular los vehículos con distintivo ECO y 0, además de aquellos vehículos que cuenten con autorización en cualquiera de los periodos mencionados.

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