Andalucía

Vox recurrirá el pasaporte Covid en Andalucía por ir en contra de «los derechos y libertades»

Los servicios jurídicos de Vox Andalucía estudian la mejor vía para presentar acciones legales contra la medida propuesta por la Junta y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que exige el pasaporte Covid en el acceso a hospitales y residencias y que entró en vigor este martes y permanecerá vigente hasta el próximo 15 de enero, con «posibilidad de posteriores prórrogas».

El portavoz de Vox en el Parlamento de Andalucía, Manuel Gavira, ha señalado este jueves en rueda de prensa que el TSJA, que dio luz verde a la orden, «ha caído en la trampa mediática» y considera que el gobierno autonómico ha obrado en contra de «los derechos y libertades» de los andaluces.

Gavira, que ha descrito el documento que acredita la vacunación completa de los andaluces como «el mal llamado pasaporte Covid», ha sostenido que su partido «está en contra de la adopción de esta medida» con el convencimiento de que ese instrumento debería ser «para garantizar la libertad de movimientos». La Junta estudiar ahora solicitar también el certificado Covid para el acceso a la hostelería y el ocio nocturno.

Asimismo, el líder de Vox Andalucía ha detallado que su formación estudia «con detalle el componente técnico-jurídico» de la orden aprobada por el gobierno andaluz para determinar cuál es «la instancia en la que nos gustaría recurrir» y el tribunal «competente para presentar el recurso». Gavira ha apelado a la búsqueda del «adecuado cauce legal para poder combatir la decisión de la Junta.

Por su parte, el portavoz del PP-A en el Parlamento andaluz, José Antonio Nieto, ha criticado este jueves la postura de Vox y ha confiado en que «recapacite». El popular se ha mostrado sorprendido por la «deriva» de dicho partido en los últimos meses, incorporando a lo relacionado con la pandemia del coronavirus «planteamientos ideológicos, partidarios o excluyentes».

La orden

La orden de 3 de diciembre de 2021 del Gobierno andaluz, publicada en el BOJA el día 7 tras obtener el aval del TSJA en un segundo pronunciamiento, estipula que «las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados en centros sanitarios con internamiento o de personas residentes en centros sociosanitarios residenciales, podrán acceder a los mismos, ya sean centros de titularidad pública o privada, siempre que dispongan de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado (…) que acredite la concurrencia de que recibieron la pauta completa de una vacuna contra el Covid-19; que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas en el caso de las PCR y 48 horas en el caso de los test de antígenos» o que «se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses», para lo cual «la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la Covid-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test».

Cabe destacar que la medida «no será aplicable para el acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias hospitalarias».