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Los economistas consideran «insuficiente» la moratoria de los pagos a la Seguridad Social a autónomos y pymes

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Autónomos y pymes deben afrontar sus pagos, aunque pueden solicitar una moratoria.

El Colegio de Economistas considera «insuficiente» para autónomos y pequeñas y medianas empresas la moratoria en los pagos de las cuotas a la Seguridad Social decretada por el Gobierno. En su opinión, es una medida que no sirve para que estos colectivos hagan frente a la crisis generada por la pandemia.

El presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, ha recordado en una nota este miércoles que «en nuestro ordenamiento jurídico los autónomos y empresas ya podían solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de sus deudas existentes con la Seguridad Social, por lo que esta medida en casi nada cambia la situación, a excepción, básicamente, de que el tipo de interés de demora pasa del 3,75% al 0,5%».

Además, el Consejo General de Economistas denuncia la falta de concreción sobre las condiciones que habrán de cumplir los beneficiarios de esta moratoria, y que ésta se aplique “solo atendiendo a excepcionales circunstancias” y no de forma generalizada, lo que puede generar incertidumbre a autónomos y empresas.

Cambios en el Real Decreto

Falta de concreción, insuficiente, incertidumbre… en definitiva, una medida mejorable, según el Colegio de Economistas. Pich asegura que «sería importante que el tejido empresarial recibiera un claro apoyo, incondicional y sin excepciones, lo que derivará en una mayor tranquilidad en los mercados, por lo que sería deseable que se desarrolle la Orden Ministerial a la mayor brevedad y que se puedan acoger a la moratoria todas las empresas afectadas, en mayor o menor medida, por el COVID-19».

Aún así, los economistas no lo ven todo negativo y valoran positivamente algunos aspectos de la norma. Por ejemplo, en relación con la moratoria de deuda hipotecaria, que, además de a la vivienda habitual, se amplía a otros inmuebles afectos a la actividad de económica que desarrollen empresarios y profesionales, así como a las hipotecas sobre viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler, por quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago como consecuencia de la crisis del coronavirus.

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