Sociedad
Multas

Me ha llegado una multa: ¿Cuáles son las distintas formas de pagarla?

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Si has recibido una multa y quieres pagarla, lo primero y más importante es comprobar quién es el organismo sancionador. Es posible que sea la Dirección General de Tráfico (DGT), pero también puede ser el Ayuntamiento o el organismo autonómico correspondiente en el caso de País Vasco, Cataluña y Navarra, que tienen las competencias de tráfico transferidas. Tanto para abonar la multa como para poner alguna alegación o reclamar, siempre tiene que dirigirte al organismo que te ha sancionado.

¿Cómo pagar una multa de la DGT?

Si la multa es de la DGT, lo mejor es pagarla en los primeros 20 días naturales desde la notificación, ya que en la gran mayoría de casos puedes beneficiarte de un descuento del 50%.

Ahora bien, cabe señalar que hay algunas sanciones que no tienen descuento. Por ejemplo, por llevar un inhibidor de radar en el coche o por utilizar un sistema de ocultación de matrícula. Son infracciones muy graves cuya sanción hay que abonarla íntegra.

Una vez transcurridos los 20 días del periodo voluntario, empieza el periodo ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación. Puedes pagar la multa sin ningún recargo, pero abonado el 100% de la misma.

¿Qué ocurre si ha transcurrido el plazo ordinario y no has pagado la multa de la DGT? En este caso, la sanción pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que te la cobrará con un recargo del 20%. Cabe señalar que no se puede aplazar o fraccionar el pago de una multa.

El organismo dirigido por Pere Navarro ofrece diferentes medios para hacer el pago:

Por último, cabe señalar que si recibes una multa y no estabas conduciendo en el momento de la infracción, tienes la obligación de identificar al conductor en un plazo de 10 días desde la notificación.