Un juzgado de Vigo fija una pensión mensual de 40 euros para el cuidado de un perro tras un divorcio
El hombre tenía el mayor poder adquisitivo de la pareja, por lo que pagará 40 euros mensuales
Un juzgado de Vigo ha ratificado una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 15, en la que se fija, entre otras cuestiones, una pensión de 40 euros mensuales para la manutención de un perro tras el proceso de divorcio de sus dueños.
En concreto, en la sentencia, en la que también se establecen las condiciones de custodia y pensión para los hijos de la pareja divorciada, el juez determina que la mascota del matrimonio quedará al cuidado de la mujer y que ambos abonarán «la mitad de los gastos extraordinarios y de veterinario».
Por otro lado, al ser el hombre el que mayor poder adquisitivo tenía de la pareja, es el que se encargará de contribuir a los gastos del animal con 40 euros al mes. Esta es una cantidad que es actualizable anualmente conforme a lo que dicta el IPC.
La sentencia original data de febrero del año pasado, aunque fue confirmada a finales de 2023 por la Audiencia de Pontevedra tras un recurso interpuesto por la mujer en relación al régimen de custodia compartida de los hijos de la pareja, así como al uso de un vehículo. La Audiencia rechazó el recurso y confirmó la decisión judicial inicial.
Las mascotas ya no son ‘cosas’
Por su parte, esta sentencia ha sido posible gracias a la Ley de Bienestar Animal, ya que ahora las mascotas han dejado de ser tratadas como cosas en nuestro país, y han pasado a ser consideradas como seres vivos dotados de sensibilidad.
Debido a esto, en caso de que una pareja se separe, como ha pasado, es de obligado cumplimiento seguir velando por el bienestar y la protección de las mascotas, como si se tratara de cualquier otro miembro de la familia, incluidos los propios hijos, afrontando los gastos derivados de su cuidado.
Además, debido a esta ley, las Cabalgatas de Reyes del pasado mes de enero tuvieron que cambiar por completo, ya que los Reyes Magos tuvieron que recorrer las calles a pie y no en los tradicionales camellos en los que siempre van.
Y según la redacción de la Ley de Bienestar Animal, esta norma tiene por objeto «establecer el régimen jurídico básico en todo el territorio español para la protección, garantía de los derechos y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad», entendiendo por derechos de los animales «su derecho al buen trato, respeto y protección, inherentes y derivados de su naturaleza de seres sintientes».
En caso de que esta ley no se llegue a cumplir, las sanciones que pueden llegar a ser impuestas a los que la rompan pueden ser muy variadas:
- Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
- Las infracciones graves con multa de 10.001 a 50.000 euros.
- Las infracciones muy graves con multa de 50.001 a 200.000 euros.
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