La DGT lo cambia todo: estos vehículos no tendrán que pasar la ITV a partir de ahora
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¡Aviso muy importante para todos los conductores! La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que en 2023 va a incorporar algunos cambios en su normativa. Esto hará que algunos vehículos ya no necesiten pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Según ha anunciado el organismo en su web, la medida afectará a algunos coches históricos que están dentro de la categoría regulada en el Reglamento de Vehículos Históricos (RVH).
Vehículos históricos
El RVH fue aprobado en 1995 por medio de una ley. Este 2023, se realizarán varias modificaciones para adaptar la norma a los tiempos actuales y, al mismo tiempo, ajustarla en base a la normativa en vigor de la Unión Europea. Para introducir los cambios, la DGT contará con la colaboración de las Comunidades Autónomas, el Ministerio de Industria y la Federación Española de Vehículos Antiguos.
Estos vehículos pasarán a tener unas «normas especiales que permitirán su circulación y, además, fomentarán la conservación y la restauración de los que integran el patrimonio histórico automovilístico».
Una de las medidas más relevantes es que no tendrán que pasar la ITV obligatoria aquellos vehículos históricos cuya primera matriculación sea anterior al 1 de enero de 1950. Aún así, quienes lo deseen tendrán la opción de pasar la ITV ajustándose a unos plazos:
- Vehículos de entre 20 y 40 de antigüedad: cada dos años.
- Vehículos de entre 40 y 45 años de antigüedad: cada tres años.
- Vehículos de más de 45 años: cada cuatro años.
Solicitar la catalogación
Pero, ¿qué es exactamente un vehículo histórico? «Se considera histórico aquel vehículo que por su antigüedad, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo. La figura de vehículo histórico ofrece una protección que permite resguardar el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo, a la vez que permite la utilización del vehículo con la debida seguridad técnica y mecánica», explica la DGT.
Es posible solicitar la catalogación de un vehículo como histórico siempre y cuando cumpla alguno de los siguientes requisitos:
- Antigüedad: debe tener, al menos, 30 años desde su fabricación o matriculación y encontrarse en su estado original. No puede haber sufrido cambios de ningún tipo en sus componentes principales como frenos, motor, suspensión, carrocería o dirección.
- Interés especial: son vehículos que están inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, declarados Bienes de Interés Cultural o que hayan participado en algún hecho histórico o pertenecido a una personalidad.
- Colección: cuando por la escasez o singularidad del vehículo merece la consideración de histórico.
Temas:
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