La DGT explica cuándo superar el límite de velocidad es delito
El truco definitivo de la DGT para aparcar bien en unos segundos
Esta es la multa de la DGT por no usar bien los intermitentes
La DGT te puede multar por hacer esto mientras estás parado
Cuando nos ponemos al volante, debemos conocer al detalle el Reglamento General de Circulación. Uno de los apartados más importante es el que especifica cuál es el límite de velocidad en las diferentes vías. Se trata de un asunto muy relevante, no solo para evitar una multa, sino también por nuestra seguridad y la del resto de conductores. Por este motivo, la DGT ha publicado en su perfil de Twitter una imagen que informa de cuáles son las sanciones por no respetar el límite de velocidad.
Lo primero a tener en cuenta es que conducir por encima de la velocidad máxima permitida puede ser considerado infracción o delito, según el tipo de vía, la clase de vehículo y, sobre todo, la velocidad en que se supere el límite legal.
Los límites de #velocidad se establecen para proteger la seguridad vial de todos. No respetarlos conlleva una sanción de entre 100 a 600 € y la pérdida de 2 a 6 puntos. Si se supera en 60 km/h el límite urbano u 80 el interurbano, es #delito.
Con la reforma del límite de velocidad en ciudades, ahora hay calles en las que hay que circular a 20 kilómetros por hora, otras en las que el límite es de 30 kilómetros por hora, y otras en las que se mantienen los 50 kilómetros por hora como velocidad máxima permitida.
Pues bien, los casos en los que, tal y como explica la DGT, superar el límite de velocidad es delito y conlleva una multa de 600 euros, son los siguientes:
- Vías a 20 km/h: conducir a 71 km/h o más.
- Vías a 30 km/h: conducir a 81 km/h o más.
- Vías a 40 km/h: conducir a 91 km/h o más.
- Vías a 50 km/h: conducir a 101 km/h o más.
- Vías a 60 km/h: conducir a 131 km/h o más.
- Vías a 70 km/h: conducir a 141 km/h o más.
- Vías a 80 km/h: conducir a 151 km/h o más.
- Vías a 90 km/h: conducir a 161 km/h o más.
- Vías a 100 km/h: conducir a 171 km/h o más.
- Vías a 110 km/h: conducir a 181 km/h o más.
- Vías a 120 km/h: conducir a 191 km/h o más.
Los límites de #velocidad se establecen para proteger la seguridad vial de todos. No respetarlos conlleva una sanción de entre 100 a 600 € y la pérdida de 2 a 6 puntos. Si se supera en 60 km/h el límite urbano u 80 el interurbano, es #delito. #MejorMásDespacio pic.twitter.com/Hlp6ok102q
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) September 7, 2021
El 44% de los fallecidos tuvieron un accidente por salidas de la vía debido a «velocidad excesiva, unida al alcohol, al consumo de drogas y a las distracciones, como el uso del teléfono móvil», según Grande Marlaska.
Temas:
- DGT
Lo último en Sociedad
-
Quién es Marcos Plaza, el amigo cómplice de las Pombo: edad y su historia de amor con María Parrado
-
Jorge Rey confirma la alerta y avisa de la que se viene con el tiempo. No te va a gustar: «Este junio tendrá…»
-
Mario Picazo confirma un cambio de 180º en el tiempo y no estamos preparados: «Una masa…»
-
Fue uno de los concursantes más polémicos de ‘La Isla de las Tentaciones’ y ahora se dedica a esto: así es su nueva vida
-
Mercedes Martín coincide con la AEMET y avisa por lo que llega a España: «A partir del viernes… «
Últimas noticias
-
Huelga de médicos contra el Estatuto Marco de Sanidad, en directo: última hora de las protestas en vivo
-
La juez imputa a las dos profesoras del colegio Highlands que conocían los abusos a las niñas
-
Quién es Marcos Plaza, el amigo cómplice de las Pombo: edad y su historia de amor con María Parrado
-
Ábalos a Koldo: «No tengo un puto duro y me he gastado 470.000 € en dos años»
-
El Congreso lo hace oficial: aprobados los 4.000 euros de IRPF a los mutualistas jubilados