La Audiencia Nacional admite el recurso para instar al Gobierno a descontaminar Palomares

Establece un plazo de 20 días para que Ecologistas en Acción presente un escrito de demanda

  • Antonio Quilis Sanz
  • Periodista especializado en información medioambiental desde hace más de 20 años y ahora responsable de OKGREEN en OKDIARIO. Antiguo director de El Mundo Ecológico y colaborador en temas de medioambiente, ecología y sostenibilidad en Cadena Ser.

El 17 de enero de 1966, cayeron sobre Palomares (Almería) cuatro bombas nucleares, de las que dos reventaron y esparcieron por la zona los nueve kilos de plutonio que contenían, y ahora la Audiencia Nacional vuelve a reavivar el suceso.

Ya han transcurrido 58 años del accidente entre dos aviones estadounidenses y, desde entonces, se están investigando las consecuencias de la radiactividad pero sin adoptar ninguna medida paliativa.

El interés por estudiar las consecuencias de la radiactividad sobre los seres vivos hizo que se aprovechara este suceso para monitorizar los efectos de los materiales fisionables en los seres vivos, incluidos los humanos.

Acuerdo entre EE.UU. y España

Fue en 1966 cuando se firmó el acuerdo Otero-Hall para poder realizar sus investigaciones en un terreno en el que se quedaron nueve kilos de material radiactivo esparcidos por Palomares (municipio de Cuevas del Almanzora, Almería), e incluso se construyeron dos fosas de 3.000 y 1.000 m³ donde se enterraron. En la actualidad las fosas continúan en la misma situación en que estaban en 1966.

Dos magistrados de la Audiencia Nacional describen así la situación describiendo que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) afirma que en Palomares no se lleva a cabo únicamente un programa de vigilancia radiológica, sino que es un laboratorio a cielo abierto para estudiar el comportamiento de materiales fisionables liberados en el medio natural.

Es decir, concluyen que se están utilizando a los habitantes de Palomares, a la fauna y la flora y al medioambiente en general para experimentos científicos, sin su consentimiento, lo que es contrario al artículo 6 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO.

Admisión a trámite

La última noticia es que la sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso impulsado por Ecologistas en Acción para atajar la limpieza de la tierra contaminada con americio y plutonio en Palomares a fin de decidir si ordena y da plazo al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERTD) para la ejecución del plan de rehabilitación en la zona.

Según Ecologistas en Acción «el peligro actual consiste en que el plutonio se está transformando en americio. El plutonio emite radiaciones alfa que no atraviesan la piel, por lo que el único peligro es ingerir o inhalar alguna partícula, pero el plutonio se está transformando en americio que emite radiaciones gamma, que sí atraviesan el cuerpo humano».

«Ahora es peligroso acercarse a la valla de los terrenos contaminados porque la radiación del americio alcanza a los transeúntes que se aproximen», afirmaba la organización en 2022.

El 17 de enero de 1966 se produjo el accidente de Palomares

Tramitación del recurso

En un decreto emitido este lunes, consultado por Europa Press, acuerda tramitar el recurso a través del procedimiento ordinario ante la desestimación presunta por silencio administrativo al respecto de la solicitud que la organización ecologista presentó ante el Ministerio para la Transición Ecológica el 1 de noviembre de 2023 relativo a la limpieza de la tierra contaminada.

De igual modo, dispone que se dé traslado de expediente administrativo a Ecologistas en Acción al tiempo que les ofrece 20 días de plazo para presentar su escrito de demanda al respecto, fije cuantía y solicite los medios de prueba que considere precisos conforme a sus pretensiones.

La Audiencia Nacional ya aceptó la competencia para conocer de este recurso en julio de este año después de que el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 8 decidiera elevar las actuaciones el pasado mes de abril atendiendo el criterio de la Fiscalía frente a la postura de la Abogacía del Estado, que otorgaba la competencia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Ucrania como ejemplo

El tribunal del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo ya se mostró de acuerdo con el criterio del Ministerio Público, para el que es la Secretaría de Estado de Energía del ministerio la encargada de «desarrollar» la remediación del suelo radiactivo de Palomares con el almacenamiento temporal de 6.000 metros cúbicos de residuos.

En este sentido, el magistrado Celestino Salgado señaló un artículo de la ley sobre energía nuclear incluido en el Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que establece que el MITERD, a través de la Secretaría de Estado de Energía y previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, podrá declarar un suelo o terreno como contaminado radiológicamente.

«Siendo objeto de recurso la desestimación por silencio administrativo de una solicitud sobre materia cuya resolución compete a un Secretario de Estado, la competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional», determinaba el magistrado-juez.

Parcela contaminada por el accidente nuclear en Palomares, Almería (EUROPA PRESS).

Sanciones

El órgano solicitó al Ministerio la remisión del expediente administrativo sobre la limpieza de los suelos contaminados en varias ocasiones para decidir sobre esta cuestión de competencia, llegando incluso a apercibir con una sanción a la autoridad o al funcionario responsable en caso de no hacerlo.

El colectivo conservacionista tomó la iniciativa el pasado febrero, cuando se cumplían 58 años desde que cuatro bombas termonucleares cayeron accidentalmente sobre esta pedanía tras colisionar en el aire dos aeronaves de las Fuerzas Áreas de EE. UU. y ante la evidencia «de que todo sigue igual».

Inacción gubernamental

La decisión de elevar a los tribunales la situación de «inacción» que se prolonga en el tiempo está motivada por el «silencio» por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico a los requerimientos de Ecologistas en Acción para que «fije plazo» para «llevar a efecto» el Plan de Rehabilitación de la zona que el Gobierno ha sostenido, desde siempre, debe ejecutar la administración estadounidense.

Es la segunda vez que se recurre a la Audiencia Nacional para que obligue a fijar plazo para ejecutar la limpieza y ordene que, a la espera de encontrar un almacenamiento definitivo del material radiactivo, se depositen temporalmente los aproximadamente 6.000 metros cúbicos de residuos obtenidos tras el tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra previstos por el Ciemat y el Consejo de Seguridad Nuclear.

La primera vez, la justicia sentenció en 2019 que el CSN «no tenía competencias» para ejecutar las peticiones de la organización ecologista, aunque no señaló qué órgano debía hacerlo.

Demanda en Estrasburgo

De manera paralela, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también anunció que va a estudiar la demanda que Ecologistas en Acción elevó contra España por la «falta de solución» a la «emergencia radiológica» que se vive en Palomares desde 1958 y la «inacción» de los «sucesivos gobiernos» para terminar con una «situación tan prolongada» en el tiempo que ha puesto «en riesgo la vida de las personas».

La Secretaría del Tribunal de Estrasburgo abrió a principios de junio expediente para estudiar la demanda, que será sometida a examen «tan pronto como sea posible» basándose en los documentos e informaciones facilitadas por el colectivo conservacionista el pasado mes de febrero.

Casa consistorial del municipio de Palomares

El colectivo señala que los habitantes de Palomares han sido «sometidos» a «experimentos científicos sin su consentimiento» y afirma que se «ha permitido que ingirieran e inhalasen partículas radiactivas» con el «objeto de investigar» las consecuencias del «plutonio en la salud» hasta el «año 2009», en el marco del proyecto ‘Índalo’ acordado entre España y EE. UU., lo que califica como «trato degradante».

Caso único en España

«La contaminación radiactiva en Palomares es un caso único en la historia de España aún está pendiente de resolver y ningún gobierno español adoptó medida paliativa alguna, siendo la única el vallado de gran parte de la zona afectada que culminó en 2011 aunque a fecha de hoy siguen existiendo terrenos contaminados fuera del vallado por donde transitan personas y ganado libremente», indica.

La demanda solicita al TEDH que entre en el «fondo del problema» que se da en Palomares, reconociendo este extremo, y le pide también que revoque la sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por el Tribunal Supremo (TS) de noviembre de 2022, que consideró que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era el competente para ejecutar la limpieza de la radiactividad en la zona sin determinar qué organismo era el responsable.