Todas las mascotas que ya no podrás tener en casa con la nueva Ley de Bienestar Animal
Las mascotas que no puedes tener en casa por la nueva Ley de Bienestar Animal
La ley Belarra castiga con hasta 50.000 € y año y medio de cárcel matar una rata en casa
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El 2023 empezó fuerte y lo cierto es que seguirá en la misma línea. Desde que el Consejo de Ministros aprobase el proyecto de la Ley de Bienestar Animal el pasado mes de agosto de 2022, tener animales en casa ya no es lo que era. Una de las nuevas medidas impulsadas por el Gobierno de coalición PSOE – Podemos es la lista de mascotas permitidas y prohibidas en los hogares españoles. La propuesta de ley impone una serie de requisitos para que un animal sea considerado como doméstico, que te detallamos a continuación.
Di adiós a estas mascotas que ya no podrás tener en casa
El proyecto de la Ley de Bienestar Animal ha generado una gran alarma social y no es para menos, ya que existen muchas dudas al respecto. En la «lista positiva» de animales exóticos que sí puedes tener en casa, las mascotas se dividen en cuatro tipos: reptiles, aves, mamíferos y peces. A día de hoy, en España hay un listado oficial de especies prohibidas, como las serpientes pitones o el cerdo vietnamita.
No solo eso, ya que hace unas horas, como te contábamos en OKDIARIO: la ley de Ione Belarra castiga con hasta 50.000 euros y año y medio de cárcel por matar una rata en casa. Una medida que, como era de esperar, ha resultado polémica entre los españoles.
Recordamos que la propuesta de ley de Belarra señala lo siguiente: «No se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies para las que exista certeza de su carácter invasor o que, en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad o especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión Europea y/o los tratados internacionales ratificados por España, sin perjuicio de lo señalado para las aves de cetrería».
Por lo tanto, quedan excluidos varios grupos de animales:
- Conejos.
- Aves: especies no autóctonas que se crían en España, como los periquitos o las cotorras.
- Reptiles: lagartos, camaleones y serpientes no auctóctonas.
- Arañas.
- Roedores: cobayas, chinchillas, ratones y hámsteres.
- Tortugas: varios estudios científicos han revelado que contienen vectores patógenos que pueden ser peligrosos para algunas especies.
La Ley de Bienestar Animal ya se aplica en Bélgica y la de España será muy parecida. Sin embargo, podría haber exclusiones como las mencionadas, ya que en Bélgica sí se permiten los siguientes animales como mascotas domésticas: conejos, hurones, ardillas, hámsters, llamas, ciervos, caballos, chinchillas, ovejas, cabras, degús, cobayas, perros y gatos.
Pero, ¿cuáles son los requisitos considerados para la elaboración del listado? Son los siguientes:
- Bienestar animal: la especie en cuestión debe ser fácil de atender en sus necesidades ecológicas, etológicas y fisiológicas.
- Manejo y cría: existencia de daos científicos sobre el manejo de la especie en cautividad.
- Peligro para la salud humana: riesgo para las personas por su agresividad, ya sea por su conducta, veneno o tamaño.
- Riesgo para el medio ambiente: si existe algún indicio de que el animal se escapa pueda colonizar hábitats y causar daños.
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