Bono Alquiler Joven Madrid: qué es, requisitos y cómo solicitarlo
Aquellos que viven en Madrid y tienen entre 18 y 35 años podrían pedir este bono para el alquiler
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Emanciparse en una gran ciudad como Madrid no es fácil, y más cuando el sueldo debe estirarse al máximo para llegar a fin de mes. El Bono Alquiler Joven nació precisamente para aliviar ese salto en la Comunidad de Madrid: una ayuda directa para jóvenes con pocos ingresos que ya pagan un alquiler o están a punto de firmarlo y que todavía puedes pedir aunque conviene conocer bien los requisitos y el resto de información para hacer bien el trámite.
Así que lo mejor es que tomes nota. Si estás en el perfil de 18 a 35 años y pagas una renta ajustada, merece la pena revisar si cumples las condiciones para tener derecho al Bono Alquiler Joven. A continuación te dejamos el paso a paso con los requisitos claros, dónde pedir cita (si vas en persona), el detalle de la documentación, cómo ver el estado del expediente y qué hacer cuando compartes piso.
Requisitos para solicitar el Bono Alquiler Joven Madrid
Lo primero de todo es cumplir con la edad, y ya sabemos que se estipula entre los 18 y 35 años. Y luego vienen el resto de requisitos que ahora te enumeramos:
- Nacionalidad o residencia: ciudadanía española o residencia legal en España.
- Objeto del alquiler: tu vivienda habitual y permanente o habitación.
- Debes ser titular, o estar en disposición real de serlo, de uno de estos contratos: arrendamiento de vivienda conforme a la LAU, cesión de uso o alquiler de habitación.
- No puedes ser propietario ni usufructuario de otra vivienda en España, salvo excepciones muy concretas: una parte heredada, imposibilidad de uso por divorcio o separación, inaccesibilidad por discapacidad o causas ajenas a tu voluntad debidamente justificadas. Tampoco se permite relación con la parte arrendadora: nada de padres, madres, hijos, hermanos, abuelos o nietos (primer o segundo grado), cónyuges, socios o partícipes.
- El límite de ingresos es clave: ≤ 3 veces el IPREM anual. Para el cálculo se consideran los ingresos de todas las personas con domicilio habitual en la vivienda, figuren o no en el contrato, salvo dos matices: si el contrato es de habitación, sólo cuenta el solicitante; y si es de vivienda y convives con personas no familiares de primer grado o todas tienen 35 años o menos, también se tiene en cuenta sólo tu renta como solicitante. Este punto es importante porque permite que, si compartís piso varios jóvenes, cada uno pueda pedir su ayuda si cumple los requisitos anteriores.
La renta máxima que se admite también tiene sus límites y excepciones. En líneas generales:
- Alquiler completo de vivienda: no puede superar los 600 euros al mes.
- Habitación individual: el máximo es de 300 euros mensuales.
Ahora bien, hay zonas donde los precios del mercado son más altos, y la Comunidad permite un margen mayor. En esos casos, el tope puede llegar a:
- 900 euros si se trata de una vivienda completa, o
- 450 euros cuando es habitación.
Esta ampliación se aplica en municipios con el alquiler más tensionado, entre ellos Madrid capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Galapagar, Guadarrama, Las Rozas, Leganés, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Tres Cantos o Valdemoro.
Dónde y cómo pedir cita para solicitar el Bono Alquiler Joven Madrid
Tienes dos vías y puedes elegir: tramitación digital (recomendada por rapidez y control del expediente) en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o presentación presencial en registros y oficinas habilitadas. Si optas por lo digital, necesitarás un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid (certificado, DNIe o sistema equivalente).
Documentación necesaria
La base es la solicitud oficial (desde el botón Tramitar) y, a partir de ahí, varios anexos y justificantes. Si eres extranjero no comunitario, incorpora copia del permiso de residencia. Adjunta el contrato (o precontrato si estás en disposición de firmar) ya sea de vivienda, cesión de uso o habitación; añade el volante o certificado de empadronamiento colectivo o familiar con la fecha de alta de cada conviviente en ese domicilio; y los justificantes de pago de las mensualidades de alquiler vencidas desde enero de 2024.
A esto suma el certificado de vida laboral o el de Mutualidad alternativa, con cuotas satisfechas del último ejercicio fiscal cerrado. Si percibes renta mínima de inserción o prestaciones exentas de IRPF, aporta el certificado del organismo pagador con la cuantía anual. Si ya recibiste Bono Joven en otra administración, incorpora el certificado de origen con cuantías y mensualidades reconocidas.
Para acreditar que no eres propietario o que no puedes usar otro inmueble, se pide la Nota de Localización del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad y la nota registral de los empadronados mayores de 18 años. Si alguna nota simple refleja que el bien es una vivienda, tendrás que justificar la imposibilidad de habitarla.
La administración, salvo oposición motivada, consultará por medios electrónicos tu NIF/NIE y tu vida laboral. Además, si lo autorizas, puede recuperar directamente la declaración del IRPF del ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud (ya con plazo de presentación vencido) o un certificado de imputaciones de la AEAT si no estabas obligado a declarar.
Cómo consultar el estado de tu solicitud
Si presentas en digital, el seguimiento es cómodo: en tu Cuenta Digital – Mis Gestiones puedes ver el estado, revisar los documentos enviados, aportar nueva documentación, consultar comunicaciones e incluso responder desde ese canal. Además, las notificaciones te llegarán por esa misma vía si elegiste medio electrónico. En presentación presencial, una vez registrada la solicitud, se activa el servicio de consulta de situación de expedientes, desde el que puedes aportar documentos, enviar comunicaciones y comprobar la tramitación. En ambos casos, conviene revisar periódicamente por si aparece un requerimiento de subsanación con plazo concreto.
Cómo aplicar si compartes piso
Aquí está una de las ventajas para quienes viven con amigos o compañeros: si el contrato es de vivienda y los convivientes no son familiares de primer grado o todos tienen 35 años o menos, para el cómputo de ingresos sólo cuentan los del solicitante. Eso permite que cada joven que resida en la vivienda pueda solicitar la ayuda por separado, siempre que la renta total del contrato esté dentro de los límites establecidos para tu municipio y que cada solicitante cumpla el resto de requisitos.
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