El juez rebaja la fianza de Jordi Pujol Ferrusola de 3 millones a 500.000 euros
El juez de la Audiencia Nacional, José de la Mata, ha acordado rebajar la fianza impuesta a Jordi Pujol Ferrusola de 3 millones a 500.000 euros para eludir la prisión acordada el 25 de abril y que fue modificada posteriormente en junio, por la Sección Tercera de la Sala de lo penal.
El primogénito del ex presidente de Cataluña ingresaba en la cárcel madrileña de Soto del Real el pasado 25 de abril por presunto blanqueo de capitales y pertenencia a banda criminal. En caso de que deposite la fianza, tras 8 meses encarcelado, el magistrado le impone la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado, retirada de pasaporte y prohibición de abandonar el país.
Según el auto, «en el tiempo transcurrido desde que se acordó la medida cautelar de prisión provisional se ha podido recabar nueva documentación sobre las operaciones realizadas en otras jurisdicciones, ampliar la información disponible sobre las mismas, y profundizar el conocimiento y naturaleza de algunas de estas operaciones mediante la emisión de nuevos informes».
«En particular», añade, «se ha podido recibir declaración a distintas personas que actuaron en operaciones con Jordi Pujol Ferrusola en México, a las que ya se hacía referencia en la resolución judicial que ahora se modifica, así como a personas que participaron en Andorra, Estados Unidos y Panamá en algunas de las actividades de blanqueo de capitales desarrolladas por Jordi Pujol Ferrusola en Estados Unidos y, fundamentalmente, en México, habiéndose producido las últimas audiencias judiciales en estos últimos días».
«Todo ello incide, naturalmente, en la evaluación que de modo permanente se lleva a cabo sobre la necesidad de la situación de prisión provisional del investigado. Continúan siendo aplicables los argumentos que han quedado expuestos en las resoluciones judiciales que han sido dictadas en esta pieza de situación personal, pero resultan compatibles, de acuerdo con los principios de excepcionalidad y proporcionalidad, con la rebaja de la fianza establecida a la de quinientos mil euros (500.000 €), que deberán constituirse en la calidad acordada por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal» concluye el magistrado.
Además, el auto reproduce estricta y literalmente la acordado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal señalando que «la fianza que se deposite ‘garantiza la prohibición que se le impone de gestionar por sí o por personas físicas o jurídicas su patrimonio desde la presente resolución, debiendo instar instar autorización del Juzgado Central de Instrucción Nº 5 al respecto’”.
En un segundo auto, De la Mata acuerda el bloqueo de una transferencia por valor de 2.600.000 dólares a una cuenta de Caixabank de una mercantil vinculada a Pujol Ferrusola con cuya cantidad pretendía afianzar su libertad provisional. El juez rechaza esta pretensión y acuerda el bloqueo del dinero.
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