Investigación
Caso Lezo

La Fiscalía afirma que la compra fraudulenta de Inassa es «claramente responsabilidad» de Gallardón

La Fiscalía afirma en un escrito incluido en el sumario del caso Lezo que la adquisición «fraudulenta» de la filial colombiana del Canal de Isabel II, Inassa, en el año 2001 es «claramente responsabilidad» del expresidente de la Comunidad de Madrid Alberto Ruiz-Gallardón.

Anticorrupción, que encabeza la investigación de la Operación Lezo junto a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) presentó el pasado 29 de noviembre de 2016 un informe donde solicitaba la investigación del expresidente de la Comunidad de Madrid Alberto Ruiz-Gallardón.

En el escrito remitido al Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, los fiscales de Lezo se referían en numerosas ocasiones al papel de Gallardón en la supuesta «compra fraudulenta» de la sociedad colombiana. «La operación de adquisición de Inassa se realizó en el año 2001 bajo el control del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid presidido por Alberto Ruiz-Gallardón y del Consejo de Administración del Canal Isabel II».

A continuación, relacionaba los hechos investigados a Gallardón con la presunta trama delictiva de Ignacio González y su mano derecha en Latinoamérica, Edmundo Rodríguez Sobrino: «La participación de ambos investigados en la operación de Inassa se concretó a partir de los años 2003 y 2006, mediante el conocimiento total de la operación fraudulenta que ocultaron y permitieron el pago de dicha operación con fondos públicos hasta el año 2012. Asimismo, presuntamente, Alberto Ruiz-Gallardón tuvo el control de la adquisición fraudulenta y de algún modo, estableció un pacto de silencio y cooperación con Ignacio González».

El Ministerio Público destaca «la connivencia que tenía con los responsables públicos que adoptaron la decisión de la adquisición, siendo el propio González quien sitúa al frente de ellos a Alberto Ruiz-Gallardón. Esta connivencia podría reportar a Ignacio González beneficios económicos o políticos».

«Cabe preguntarse en qué documentos o informes se basó el Consejo de Gobierno para autorizar una operación de compra por un total de 73 millones de dólares (aproximadamente 83 millones de euros), aprobando un endeudamiento de 51,1 millones de dólares. Las investigaciones apuntan indiciariamente que el soporte documental fue cuando menos insuficiente, así como que esta operación fue controlada por Alberto Ruiz-Gallardón o ‘por su gente’», añade el escrito.

En el tercer punto del informe fiscal sobre la atribución de la condición de investigados se asegura: «De conformidad con lo manifestado y a la vista del resultado de las investigaciones en curso, considera el Ministerio Fiscal que surgen indicios de criminalidad contra determinadas personas a las que se apuntaba genéricamente en la querella».

«En este momento procesal», prosigue, «las diligencias permiten una mayor individualización subjetiva de los hechos, lo que impone que se dicte una resolución judicial por la que se dirija el procedimiento contra todos aquellos que directa o indirectamente han participado en los hechos, sin perjuicio de realizar una concreción más detallada una vez que se ejecuten las diligencias de investigación pendientes».

«Esta resolución», añade, «se impone procesalmente para garantizar los derechos de los investigados desde el momento en que el procedimiento apunta claramente a la responsabilidad en estos hechos de autoridades de la Comunidad Autónoma, entre otros de Alberto Ruiz-Gallardón. Acordar la prosecución del procedimiento contra determinadas personas es imprescindible para ordenar adecuadamente las medidas de investigación procedentes dentro del marco del artículo 118 Lecrim».

Escrito de la Fiscalía Anticorrupción sobre el caso Lezo.

«Entendemos que, para el total esclarecimiento de los hechos, para alcanzar la verdad material de los mismos y para recuperar el patrimonio de la comunidad Autónoma de Madrid presuntamente depredado por los investigados, serán necesarias medidas de investigación respecto de determinadas personas contra las que expresamente no se ha dirigido el procedimiento hasta el momento» concluye la Fiscalía Anticorrupción.

El auto del juez Abascal

En un auto emitido el mismo 29 de noviembre, el entonces juez de apoyo del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal, se refiere a la investigación solicitada por la Fiscalía sobre Alberto Ruiz-Gallardón y la adquisición de Inassa.

«Lo que se solícita es dirigir el procedimiento contra concretas personas que participaron en el concreto delito que tuvo lugar el 29 de noviembre del 2001, esto es, un delito de malversación de caudales públicos, que vista la exposición realizada en este Auto, presenta caracteres de delito».

Tras negarse a que la instrucción de la compra de Inassa por el Ejecutivo de Gallardón se realice en el marco del caso Lezo, el magistrado afirma que «lo que procede es la deducción de testimonio en el que se recoja el escrito presentado por el Ministerio Fiscal, procediéndose a la incoación de nuevas diligencias previas en la que se pueda en su caso investigar los hechos relatados en su escrito, siendo el marco de tales diligencias previas, en la que, en puridad, pueda procederse a dicha investigación».

Auto del juez de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal, sobre el caso Lezo.

El veredicto de la Sala de lo Penal

El 12 de diciembre de 2016, la Fiscalía Anticorrupción recurre la decisión del juez Alejandro Abascal de investigar la adquisición de Inassa fuera del caso Lezo: «Resulta en las actuaciones la evidente conexión entre los hechos investigados sin que proceda en este momento la separación de procedimientos en la medida que no hay argumentos jurídicos para tal separación».

Finalmente, en auto emitido el 19 de enero de 2017, la Sala Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional acepta el recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción para que la «fraudulenta» adquisición de Inassa y la responsabilidad de Gallardón en la misma se instruya en el marco de la ‘Operación Lezo’, junto al resto de irregularidades cometidas por Ignacio González en el Canal de Isabel II.

«Entiende el tribunal que los argumentos esgrimidos por la Fiscalía recurrente deben ser avalados en esta instancia». «Se pone en conocimiento del Juzgado otras presuntas actividades delictivas anteriores a las descritas en la querella y desconocidas hasta entonces» señala la Sala.

Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre el caso Lezo.

«Se trata, en definitiva, de una ampliación del número de investigados en relación a la presunta y anterior actividad delictiva de un ente público ya denunciada con el único objeto de hacerles saber su existencia, para que se defiendan y, sin que, dadas las circunstancias del caso se entiendan aplicables las normas de la conexidad procesal».