El Tribunal Constitucional no resolverá por el momento sobre la prohibición al CGPJ de nombrar cargos
Bandrés será uno de los dos candidatos del CGPJ al Constitucional, como adelantó OKDIARIO
El Gobierno se pone un plazo límite de 15 días para acometer el asalto al Constitucional
El Gobierno se lanza al asalto del Constitucional: elegirá a sus 2 magistrados sin esperar al CGPJ
El Tribunal Constitucional marca sus tiempos. Ante la presión política e institucional que sufre por retrasar su fallo sobre la reforma legal de Pedro Sánchez para limitar las competencias del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para la realización de nombramientos pide paciencia. Fuentes oficiales dicen que el «Tribunal se tomará el tiempo necesario para su examen» a pesar de que reconoce que el órgano constitucional «es consciente de la situación presente». Las mismas fuentes adelantan que «los ponentes tienen adelantadas sus ponencias, aunque la modificación legal reciente impone un tiempo para su examen y reflexión».
La tardanza en la resolución de los recursos de inconstitucionalidad números en cuestión, ambos de 2021, sobre la limitación de
competencias del Consejo General del Poder Judicial no se resolverá en breve.
El presentado por diputados de Vox, del que es ponente la magistrada María Luisa Balaguer, tuvo entrada en el Constitucional el 22 de abril de 2021. Y el segundo recurso, interpuesto por diputados del PP, del que es ponente el vicepresidente Juan Antonio Xiol, lo fue el 17 de mayo de 2021.
Ambos magistrados pertenecen al sector progresista del órgano de garantías y la magistrada Balaguer es una firme candidata a la presidencia del Tribunal, contra las aspiraciones bendecidas por el aparato socialista de encumbrar al ex Fiscal General Cándido Conde-Pumpido.
Los dos recursos no fueron incluidos en el orden del día del Constitucional hasta el 16 de septiembre de 2021. Cinco y cuatro meses después, respectivamente, desde sus interposiciones y lo normal es que no tarde en llevarse a Pleno más de 15 días desde su interposición, pues se constata la legitimación, el plazo de interposición y la corrección del suplico con la pretensión jurídica del recurrente.
El Consejo General del Poder Judicial lleva en funciones desde el 4 de diciembre de 2018. La Ley 4/2021 promovida por el Gobierno de Sánchez para asfixiar al órgano de gobierno de los jueces restringe las competencias de nombramiento del Consejo, aunque desde la Ley Orgánica, que modificaba la anterior, se restablecía la competencia de nombramiento de las dos plazas del Tribunal Constitucional hoy pendientes de renovación. La situación se ha convertido, en palabras del propio Tribunal Supremo, en «insostenible», al estar hoy mermado en un más de un 20% de sus efectivos como producto de la Ley promovida por el Gobierno y que sobre la que, ahora, el Constitucional no parece desear resolver de forma inmediata acerca de su legalidad.
Compete a quien es en este momento presidente del Tribunal Constitucional, el conservador Pedro González Trevijano, fijar y llevar el orden del día de los asuntos a Pleno. En 2021 decidió, en acuerdo con el vicepresidente progresista Juan Antonio Xiol, que el Colegio de Magistrados, de no preverse acuerdo de renovación en los meses de junio y julio de 2022, tomaría la máxima urgencia de llevar los borradores de los dos asuntos.
Ya en el mes de marzo, tras la previa resolución de las múltiples recusaciones de algunos magistrados, que impedían el conocimiento de los más importantes asuntos del Tribunal -que era lo más urgente-, junto con la resolución de algunos de los condenados por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el procés, el presidente y los dos ponentes se ratificaron en la decisión adelantada de llevar los borradores, si el Consejo no hubiera recuperado entonces sus competencias o no hubiera acuerdo político sobre la renovación de sus miembros.
El plazo era el apuntado de los meses de junio y julio. El Tribunal, señalan las fuentes consultadas, era consciente de que no podía diferir sine die tan importante asunto y de que no podía ser responsable paralelamente de la imposibilidad de nombramiento de sus dos propios magistrados por el Consejo General del Poder judicial.
Tras la recuperación de competencias del Consejo General del Poder Judicial en julio de 2022 para nombrar a los dos magistrados del Tribunal, y dada también la existencia de la negociación del Gobierno y el Partido Popular para la renovación del Consejo, se decidió, «no interferir», de acuerdo con la práctica inveterada en estos cuarenta años, en los procesos de negociación política o en los procesos electorales pendientes.
Recuerdan las fuentes consultadas del tribunal de garantías que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está habilitado para nombrar desde el mes de julio a sus dos magistrados en el Tribunal Constitucional. En definitiva, el Constitucional devuelve la pelota al CGPJ y no entrará a decidir sobre la constitucionalidad de la Ley castradora de competencias al Poder Judicial promovida por Sánchez.
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