El Supremo lejos del acuerdo sobre la prisión permanente: Marchena reunirá al tribunal por segunda vez
El presidente de la Sala Segunda del Alto Tribunal descarta convocar al Pleno para tomar una decisión sobre un tema "complejo" en el que los cinco magistrados mantienen, por el momento, importantes discrepancias.
El Supremo dividido ante la aplicación de la prisión permanente revisable para los asesinos de menores
El Supremo no ha alcanzado el consenso en la primera reunión mantenida, este martes, para resolver el recurso del asesino de Pioz, Patrick Nogueira, que pide ser absuelto de la condena a prisión permanente revisable por matar en 2016 a cuatro miembros de su familia, dos de ellos niños. Los magistrados encargados de dictar sentencia continuarán deliberando hasta alcanzar una decisión que les permita, además, unificar la doctrina actual sobre la pena máxima en España. El presidente del tribunal, Manuel Marchena, ha fijado un segundo debate la próxima semana.
Fuentes jurídicas confirman a OKDIARIO que, sin embargo, el magistrado descarta convocar al Pleno de la Sala de lo Penal para tomar una decisión sobre un tema «complejo» en el que el propio Marchena -ponente de la sentencia- junto con los magistrados Julián Sánchez Melgar, Vicente Magro, Susana Polo y Eduardo Porres tienen la misión de aunar las dos posturas sobre la prisión permanente revisable que conviven en el Supremo.
El fallo del tribunal tendrá, por lo tanto, un doble objetivo: resolver el caso concreto para decidir si, tal y como pide la abogada de Nogueira, le concede la eximente completa por enfermedad mental; y, por otra parte, fijar los criterios comunes para imponer la pena de prisión permanente revisable a los asesinos de menores y personas especialmente vulnerables.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ya revocó a Patrick Nogueira dos de las tres condenas máximas que le impuso la Audiencia Provincial de Guadalajara en primera instancia.
Doble castigo
La discusión jurídica de la Sala Segunda del Tribunal Supremo se centra en la aplicación del ‘non bis in idem’ que afecta al principio de legalidad y que en España prohíbe que una misma persona pueda ser juzgada, y condenada, dos veces por los mismos hechos. El tribunal mantiene importantes discrepancias, tal y como avanzaba OKDIARIO.
Mientras una parte de los magistrados se inclinan por apoyar la resolución dictada el pasado mes de enero, ponencia del magistrado Andrés Palomo, en la que el Supremo retiró la pena de prisión permanente revisable al asesino de un discapacitado al entender que la situación de la víctima -«adulta y cuyo desvalimiento se predica de sus condiciones físicas de reacción»- no quedaba incluida en el requisito de «especial vulnerabilidad» que exige el Código Penal para aplicar este tipo de condena.
Otros jueces respaldan el razonamiento recogido en la sentencia 367/2019, de 18 de junio -fallo de Miguel Colmenero, Francisco Monterde, Pablo Llarena y Vicente Magro- redactada por el magistrado Julián Sánchez Melgar. En este caso, el Alto Tribunal consideró que «al recaer la acción homicida sobre una niña de 17 meses de edad», el delito merecía una sanción más grave y, por tanto, lo adecuado era mantener la prisión permanente revisable impuesta al asesino, sin que ello significase castigar dos veces su comportamiento.
El Constitucional pendiente
El Tribunal Constitucional tiene pendiente resolver los recursos planteados en 2015 por PSOE, IU, Convergència, Izquierda Plural, UpyD, el Grupo Parlamentario Vasco y el Grupo Mixto contra la ley de la prisión permanente revisable.
Todas las formaciones políticas entendían que se vulneraban varios artículos constitucionales aunque numerosos juristas consideran que la pena se ajusta a la Carta Magna porque ésta no recoge, como alegan sus críticos, que el fin único de la cárcel deba ser la reinserción.
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