Sánchez echa a perder otras 24 h. sin medidas concretas contra el coronavirus tras decretar el estado de alarma
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado el estado de alarma frente a la epidemia del coronavirus. Sin embargo, sus medidas no se detallarán hasta este sábado, cuando se reúna el Consejo de Ministros
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este viernes el estado de alarma frente al coronavirus. Una decisión excepcional y prevista en la Constitución que sólo tiene un precedente, la crisis de los controladores de 2010. Es una iniciativa prevista en la Constitución para hacer frente a catástrofes, calamidades o desgracias públicas, entre ellas, las epidemias.
Sin embargo, en la declaración institucional que Sánchez ha protagonizado desde La Moncloa, el líder del PSOE no ha concretado nada. Se desconoce cuál será el alcance de su propuesta, que no se aprobará hasta este sábado, cuando el Consejo de Ministros se reúna de forma extraordinaria. Sánchez, que este viernes ya mantuvo una reunión con sus ministros de manera telemática, retrasa así una vez más la respuesta del Gobierno frente a la epidemia, que suma ya 4.209 casos diagnosticados y 120 muertos en nuestro país.
Las medidas que puede implicar el estado de alarma son diversas y de muy distinto alcance y su plazo, en principio, es para 15 días, aunque puede ser prorrogado.
Así, se contempla limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos; practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias; intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados; limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad o impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción.
«El estado de alarma es un elemento recogido por nuestra Constitución para enfrentar crisis tan extraordinarias como la que está sufriendo nuestro país», ha destacado Sánchez, que se ha limitado a decir que «se movilizarán todos los recursos del Estado, políticos y económicos, púbicos y privados, civiles y militares, para responder a la emergencia».
10.000 afectados
El socialista ha avanzado además que «no cabe descartar los más de 10.000 afectados en las próximas semanas» y ha reconocido que estamos sólo «en la primera fase» de propagación del virus.
«Tardaremos semanas, va a ser muy duro y difícil, pero superaremos la emergencia con disciplina», ha aseverado. Tras elogiar el trabajo del personal sanitario, ha apelado directamente a los jóvenes para que no actúen de «transmisores». «La victoria depende de cada uno de nosotros, el heroísmo consiste en lavarse las manos», ha destacado.
Desde el comienzo de la crisis, la tardía respuesta del jefe del Ejecutivo frente al coronavirus ha sido muy criticada. Esa reacción se alarga una vez más. Este jueves, en una comparecencia en La Moncloa, el socialista no descartó el estado de alarma, pero se limitó a anunciar un paquete de medidas económicas que no sirvieron para tranquilizar a los mercados.
OKDIARIO ya avanzó que, desde el miércoles, el Gobierno trabajaba en la hipótesis del estado de alarma y había encargado a la Abogacía General del Estado un informe sobre las implicaciones jurídicas que supondría su aplicación.
«Estamos ante una situación dinámica. Tomaremos las decisiones que haga falta y cuando haga falta», dijo este jueves. No obstante, el presidente se mostró más partidario de una postura gradualista y sólo apostó por medidas económicas, que no lograron calmar a los mercados. Desde la oposición, especialmente de Vox y Cs, se había reclamado con insistencia.
En la Constitución
En cuanto al procedimiento, la Constitución, en su artículo 116, establece que «el estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo».
En el reglamento del Congreso se indica que «cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al Presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el decreto acordado en Consejo de Ministros».
«De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente. Si el Gobierno pretendiere la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116.2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél», se añade.
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