PSOE y Podemos imponen el invento de «Aragón, nacionalidad histórica» a funcionarios y periodistas
La nueva ‘Ley de actualización de los derechos históricos de Aragón’ tiene una consecuencia directa para los funcionarios de la administración pública y los periodistas de la televisión regional: la obligación de referirse a Aragón a partir de ahora como «Aragón, nacionalidad histórica».
Aprobada con los votos del PSOE, Podemos, IU, la Chunta y el Partido Aragonés Regionalista, la nueva norma establece en su primer artículo que “Aragón es una nacionalidad histórica, de naturaleza foral, cuya identidad jurídica, así como la voluntad colectiva de su pueblo de querer ser, se han mantenido de manera ininterrumpida desde su nacimiento”.
Por ello, «todas las Administraciones públicas aragonesas deberán respetar dicha condición y utilizar en sus normas y documentos oficiales la denominación ‘Aragón, nacionalidad histórica’, así como fomentar su uso por los particulares y los medios de comunicación».
Los funcionarios de la administración autonómica y los periodistas de Aragón TV están, pues, desde que ayer la ley fuera publicada en el Boletín Oficial de Aragón, obligados a seguir esta orden en la deriva ‘soberanista’ que el socialista Javier Lambán ha decidido imprimir a su gobierno.
La ley establece que «los derechos históricos del pueblo aragonés son anteriores a la Constitución española y al Estatuto de Autonomía»
La ley proclama que “la participación de Aragón en el proceso histórico de construcción de España no ha supuesto la renuncia a sus derechos históricos” y avisa de que “Aragón, en virtud de sus instituciones tradicionales, su historia, su Derecho, su cultura y de la convivencia histórica de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, ostenta en el Estado español y en la Unión Europea una identidad y un espacio jurídico, político y cultural propios, que deberán reivindicarse y reconocerse”.
Con la oposición del PP y de Ciudadanos, que votaron en contra, la ley reivindica que los derechos de los aragoneses preceden a la Constitución de 1978. “Los derechos históricos del pueblo aragonés son anteriores a la Constitución española y al Estatuto de Autonomía, que los amparan y respetan, así como a la legislación emanada de la Unión Europea. Al no emanar de ellos, han de ser respetados por las reformas que puedan afectar a esas normas” (artículo 4).
La apelación a derechos del pasado y las afirmaciones identitarias se cierran con una disposición transitoria en la que se recuerda que la ley entra en vigor al cumplirse 311 años «desde la aprobación del primer Decreto de Nueva Planta que abolió, por derecho de conquista, el Derecho público y las instituciones propias del Reino de Aragón».
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