España
Juicio procés

La Fiscalía se estrena con firmeza: «Esto es un juicio en defensa de la democracia y la Constitución»

Los discursos de las defensas, ayer, y de la Fiscalía hoy en las sesiones de previo pronunciamiento se han aproximado más a informes definitivos de calificación jurídica que a alegaciones relativas a cuestiones previas puramente procesales.

«Un juicio en defensa de la democracia española y el orden constitucional». Con esta afirmación lapidaria ha desmontado el fiscal Javier Zaragoza uno de los argumentos más recurrentes del separatismo catalán. La segunda jornada del juicio al ‘procés’ en el Tribunal Supremo ha puesto en evidencia un magnífico pulso entre las estrategias de las defensas, expuestas ayer, y el estilo del Ministerio Público, hoy.

Mientras las defensas apelaron a la épica, los dos fiscales, Javier Zaragoza y Fidel Cadena, han resuelto sin estridencias y a golpe de legalidad el ‘combate’ de alegaciones previas, durante algo más de 1 hora y 40 minutos. «Nadie está por encima de la ley y actuar al margen de la legalidad no puede quedar impune», ha recordado el primero de ellos durante su intervención.

Para la Fiscalía del Supremo, «ninguna violación de la ley puede quedar impune»

«Nadie es o ha sido perseguido por sus ideas», ha añadido tajante el fiscal Zaragoza. Afirmar que los acusados están siendo juzgados por sus ideas «es una falacia de colosales dimensiones que debe ser proclamada a los cuatro vientos», señalaba Zaragoza. «No se persigue una ideología que puede ser defendida en un sistema democrático» sino unas acciones concretas por las que se trató de «imponer un determinado planteamiento político a los demás». Y aludió a los ciudadanos como los verdaderos ‘rehenes’ de las decisiones unilaterales de los poderes públicos orientadas a la desconexión de la comunidad autónoma de Cataluña y cómo aquellos fueron quienes realmente vieron vulnerados sus derechos fundamentales, por las acciones  de los acusados.

Y se recrea al referirse a la falta de diálogo político como causa que justificaría la actuación de los acusados: «No parece de recibo culpar al Estado de una falta de diálogo como factor que aboca irremediablemente a ese proceso unilateral de quiebra del orden constitucional y a esa secesión consumada». Una secesión que, «afortunadamente», fue abortada, concluyó.

Ejercicio de los derechos políticos 

La Fiscalía ha recalcado, en todo momento, que el legítimo ejercicio de los derechos políticos no justifica el intento de revertir el orden constitucional y reemplazar el marco legal que fija la Constitución -«fruto del consenso de todos los españoles en 1978»- por una «legalidad paralela». Mucho menos «imponer coactivamente un proceso de segregación territorial», desobedecer de forma «reiterada, sistemática y contumaz» al Tribunal Constitucional y «llamar, incitar, promover o agitar a miles de ciudadanos que como muros humanos han protegido urnas y centros electorales sabiendo que se les abocaba al choque violento» ha espetado.

El Fiscal Zaragoza considera proporcional a los «actos de enorme gravedad» que se enjuician, la reacción de la Justicia penal

Por eso, ha dicho el Fiscal Zaragoza, «a nadie debe extrañarle que la Justicia penal reaccione» ante acusados que «violan las normas más elementales de la convivencia y lo hacen mediante la ejecución de actos de enorme gravedad que suponen una grave agresión al orden constitucional» y que han alterado la normal convivencia de un Estado democrático de Derecho.

Más allá de las vulneraciones de derechos fundamentales y los aspectos relacionados con las cuestiones ideológicas, mayoritariamente utilizadas por las defensas, el Ministerio Público ha entrado en materias esenciales del fondo del asunto, como el ejercicio de la violencia o el derecho de autodeterminación.

El delito de rebelión «sin armas»

La Fiscalía ha defendido la existencia de un delito de rebelión. Y lo ha hecho de forma tajante y contundente para exponer que la redacción del artículo 472 del Código Penal «solo exige un alzamiento público y violento».

El fiscal Fidel Cadena ha recordado durante su exposición que el detalle no es menor, ya que la redacción proviene de la reforma del Código Penal de 1995. Y que durante la modificación de la norma, en aquella ocasión, se rechazó precisamente «una enmienda del grupo catalán» que pretendía añadir que para entender la existencia de rebelión ese alzamiento debía producirse «con armas».

La rebelión es un «alzamiento público y violento» que no exige la utilización de armas, considera la Fiscalía del Tribunal Supremo

Sobre la violencia y cómo se instrumentalizó por parte de los líderes del ‘procés’ catalán, en numerosas ocasiones, para la consecución de su objetivo de desconexión de una parte del territorio, se ha recreado Cadena. Ha asegurado el fiscal que la violencia no puede imputarse a la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado -que cumplían con las exigencias de las sentencias judiciales dictadas por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña- sino de todas aquellas personas que, empujadas por el separatismo, actuaron como «muros de contención» y se enfrentaron frontalmente a ellas.

Bronca al tribunal alemán 

Tampoco se ha contenido el fiscal del Tribunal Supremo, Javier Zaragoza, a la hora de cargar, este miércoles, contra la Justicia alemana por incumplir «palmariamente» el marco legal de la orden de detención europea y rechazar la entrega del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, fugado de la jurisdicción española y acusado como presunto autor de un delito de rebelión.

Para Zaragoza la «intromisión indebida» de la Audiencia de Schleswig Holstein en cuestiones que tienen que ver con el fondo del asunto -como la existencia o no de violencia, su intensidad o la concurrencia de otros elementos incriminatorios sobre el tipo penal de rebelión- hizo que el tribunal regional alemán se extralimitase y actuase «enjuiciando» los hechos que ahora están en discusión en el Tribunal Supremo.

La Audiencia regional alemana convirtió una eurooden en «una orden europea de enjuiciamiento», asegura el fiscal Zaragoza

El fiscal cree que el tribunal alemán convirtió la euroorden en «una orden europea de enjuiciamiento». Lo que, sin embargo, no «puede servir para descartar» que se cometiese ese delito, por el que la Fiscalía acusa a los nueve líderes independentistas catalanes que se sientan desde ayer en el banquillo.

La opinión, muy reveladora, del fiscal Zaragoza es que si esa misma decisión, en idénticos términos, la hubiese tomado un tribunal español, la causa hubiese incurrido en «nulidad de pleno derecho».