España

La Fiscalía del Supremo prevé 8 años de inhabilitación para Junqueras y frustra su vuelta a la política

Este jueves, aprovechando que toda España estaba pendiente del Sorteo Extraordinario de Navidad, el Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado en el Senado la reforma del Código Penal que suprime el delito de sedición y rebaja las penas para la malversación. Una reforma a la medida de sus socios separatistas que entrará en vigor de manera inminente, una vez que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El plan de los independentistas era reformar la ley a su antojo para que Oriol Junqueras, que cumple una condena por inhabilitación de 13 años, pueda presentarse las elecciones autonómicas en 2025. Pero este plan puede verse frustrado en la revisión de la condena que debe realizar el Supremo. Los cuatro fiscales -que no han cedido ni un ápice a las presiones del Gobierno- se plantean fijar la inhabilitación para el líder de ERC en el máximo posible: ocho años. De ser así, Junqueras, que fue condenado en octubre de 2019 por un delito de sedición en concurso medial con malversación, no conseguiría su propósito de concurrir a los comicios.

Con la proposición de ley aprobada este jueves en el Senado -con 140 votos a favor, 118 en contra y tres abstenciones-, la malversación por la que fueron condenados los líderes del 1-O prácticamente desaparece. A partir de ahora se castigará con entre uno y cuatro años de cárcel y entre dos y seis años de inhabilitación a «la autoridad o funcionario público que diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado», siempre y cuando «resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviese consignado». En el caso de que no se aprecie ese daño -como sostiene el separatismo que ocurre en el caso de los dirigentes condenados por el procés- la única pena sería la inhabilitación de entre uno y tres años y una multa de tres a 12 meses. En el caso de la sedición, el delito se sustituye por otro de «desórdenes públicos agravados». Es decir, se pasa de un castigo máximo de 15 años de cárcel a uno de cinco y hasta ocho años de inhabilitación.

Revisión

Según ha podido saber OKDIARIO, el Ministerio Público adaptará los hechos acaecidos en 2017 en Cataluña a este nuevo marco legal. Una parte del hecho criminal por el cual fueron condenados -como los altercados que se produjeron en los colegios electorales o el asedio en la Consejería de Economía ocurrido el 20 de septiembre de 2017- «encajarían en el delito de desórdenes públicos agravados», que conlleva una inhabilitación absoluta de ocho años. También tendría que adaptarse el delito de malversación a la nueva rebaja, pero al tratarse de un delito en concurso medial se impondría la pena superior a la que habría correspondido por la infracción más grave. Es decir, en este caso los de desórdenes públicos agravados.

Según ha podido saber este periódico, la Fiscalía sopesa pedir al Alto Tribunal que, tras la revisión de la sentencia de Oriol Junqueras, la condena de inhabilitación sea de ocho años debido a la gravedad de los hechos ocurridos en el otoño de 2017 de Cataluña. De esta manera, si el Tribunal Supremo adopta esta petición, los planes de los socios independentistas de Sánchez se verán truncados y Junqueras no podrán presentarse a los próximos comicios.

Oriol Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel e inhabilitación. A los ex consejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, se les impusieron penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta. Los ex consejeros Joaquim Forn y Josep Rull fueron condenados a 10 años y seis meses de prisión. La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, está condenada por un delito de sedición a 11 años y seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta. Los líderes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, están condenados nueve años de prisión y nueve de inhabilitación absoluta por el delito de sedición. El indulto concedido por Sánchez a los dirigentes separatistas extinguió la pena de prisión de los condenados, pero se mantuvo la inhabilitación.