Los directivos de Ferrovial que pagaron las mordidas absueltos porque los delitos han prescrito
La Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto por prescripción de los delitos de administración desleal y tráfico de influencias a los dos directivos de la compañía Ferrovial que estaban acusados por el saqueo de 23 millones de euros en el caso Palau, Pedro Buenaventura y Juan Elizaga.
Según el fallo, «otra de las acciones a través de las cuales Félix Millet y Jordi Montull buscaron y obtuvieron su enriquecimiento particular a costa de los fondos de ASSOCIACIÓ y FUNDACIÓ, fue su mediación para el establecimiento, mantenimiento y funcionamiento de un sistema por el cual la sociedad FERROVIAL-AGROMAN, mediante el pago de comisiones a la formación política CONVERGÈNCIA DEMOCRÀTICA DE CATALUNYA (CDC), obtenía la adjudicación de determinados concursos y licitación para la construcción de obra pública en la Comunidad Autónoma de Catalunya».
«Concursos», añade, «que eran promovidos por entidades autonómicas o locales cuyos gobiernos estaban conformados o regidos por miembros de dicha formación, pagándose aquella comisión en proporción al volumen económico de obra que debía ser adjudicada, adjudicación que requería el ejercicio, por parte de determinadas personas de la formación política, del necesario influjo sobre los órganos que resolvían los concursos para que estos fueran finalmente resueltos a favor de la citada Ferrovial».
«Por su participación en el establecimiento, mantenimiento y funcionamiento del sistema, Félix Millet y Jordi Montull hacían suya una parte de la comisión abonada por Ferrovial, comisión que se ocultaba detrás de los fondos que esta abonaba al PALAU como patrocinio» concluye la sentencia.
Sgún la sentencia, Millet y Montull, afirma el tribunal,» pactaron con el tesorero de Convergència Democràtica de Catalunya, Carles Torrent, y sin excluir la participación de otras personas de esta formación que no han podido ser completamente identificadas o cuya responsabilidad penal ha sido declarada prescrita, que FERROVIAL entregaría dinero a CDC a cambio de que esta garantizase la adjudicación de un determinado volumen económico de obra pública de forma anual».
En este entramado de pago de comisiones por obra pública, Millet y Montull, contribuyeron a su creación en un inicio y posteriormente, junto con Gemma Montull tras el ingreso de esta en el Palau, “al desarrollo, perfeccionamiento y mantenimiento del mismo. Para ello, estos pusieron a disposición de los directivos de Ferrovial y miembros de CDC toda la estructura económica del Palau de la Música, para que estos pudieran ocultar el pago y cobro, respectivamente, de las comisiones, bajo la forma de patrocinio los primeros y bajo la de convenios de colaboración y pago de facturas por servicios no prestados para el Palau los segundos”.
La comisión que Ferrovial y CDC pactaron pagaría aquella por el ejercicio de aquel influjo para la obtención de obra pública, era del 4% del importe del total de las adjudicaciones obtenidas y esta cantidad se repartiría entre CDC por un lado y Millet y Montull por otro, en un porcentaje de un 2’5% para el partido y un 1’5% para estos. A su vez, Félix Millet y Jordi Montull se repartían el porcentaje que les correspondía en un 80% para el primero y un 20% para el segundo.
Este acuerdo criminal se mantuvo ininterrumpidamente desde antes del año 1999 hasta el 2009, cesando el mismo a raíz de la entrada y registro en las instalaciones del Palau de la Música acordada judicialmente en el presente procedimiento.
Las comisiones ilícitas pactadas por los acusados Pedro Buenaventura y Juan Elízaga, con Millet, Montull, Daniel Osàcar y, antes que éste, Carles Torrent, con destino a CDC, por y para la adjudicación de obra pública, se hacían llegar a esta formación política de forma enmascarada, sirviéndose para ello de la estructura jurídico-financiera del PALAU DE LA MUSICA que Félix Millet y Jordi Montull, con la determinante cooperación de Gemma Montull, ponían a tal efecto a su disposición.
A pesar de los hechos probados en la sentencia, finalmente los directivos de la citada empresa, Pedro Buenaventura y Juan Elizaga, han resultado absueltos al considerar el tribunal de la Audiencia Provincial de Barcelona que los delitos de administración desleal y tráfico de influencias han prescrito.
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