Tribunales

El Constitucional advierte formalmente a Torra: «La desobediencia tiene consecuencias penales»

El Gobierno socialista planteó dos incidentes de ejecución de sentencia, ante el Tribunal de Garantías, solicitando que se avisase no sólo a la Mesa del Parlament, sino a todo el Govern, de la improcedencia de su "deseo", entre otros, de retirada de la Guardia Civil de Cataluña.

Quim Torra actual presidente de la Generalitat de Cataluña
Quim Torra, presidente de la Generalitat

«La desobediencia puede derivar en responsabilidades penales», ha advertido, por primera vez, esta mañana el Tribunal Constitucional al actual presidente de la Generalitat, Quim Torra, y al resto del Govern.

Si el líder del Ejecutivo catalán, no acata la suspensión de los últimos acuerdos del Parlament, sobre el derecho de autodeterminación y en apoyo de la legitimidad de la «desobediencia civil», se enfrentará a consecuencias de tipo criminal.

Así de contundente ha sido el Tribunal de Garantías en sendas resoluciones emitidas, este miércoles, para resolver los dos incidentes de ejecución planteados por el Gobierno de Pedro Sánchez, instando la anulación de los acuerdos aprobados en la Cámara legislativa catalana, el pasado día 26 de septiembre.

En ambas providencias unánimes, el Pleno del Constitucional se dirige a Torra -y al resto de miembros de su equipo- para advertirle de que el ejercicio la desobediencia activa, no exime, en ningún caso de la obligación de cumplir las resoluciones de los órganos judiciales que anulan las decisiones del Parlament sobre la «orientación política general del Govern».

Torra y sus consejeros tienen la «obligación de abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento a los incisos impugnados», y suspendidos; así como el deber «de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir» las sentencias del Constitucional.

La semana pasada, el Tribunal de Garantías cancelaba la aplicación de varios apartados de la Resolución aprobada por el Parlament de Cataluña, el pasado 25 de julio, donde se recogían «propuestas para la Cataluña real». En dicha ocasión, se reiteraba el compromiso de la Cámara legislativa con el derecho a la autodeterminación, se instaba a las formaciones separatistas a continuar en el camino de la independencia y se insistía en la reprobación del Jefe del Estado, el Rey Felipe VI.

Autodeterminación 

En dichos acuerdos, el Parlament insistía de forma explícita en el derecho de autodeterminación. Una cuestión que ha sido resuelta por el Supremo en la reciente sentencia del juicio del ‘procés’ y en la que el Alto Tribunal ha sido tajante: «Ningún Estado europeo reconoce en su Constitución el ‘derecho a decidir’».

La advertencia es consecuencia de la admisión a trámite por el Constitucional de sendos incidentes de ejecución presentados por el Gobierno de Pedro Sánchez y deja en suspenso determinados incisos de la citada resolución de la Cámara autonómica catalana.

El Constitucional paralizó, esta semana, todos los acuerdos alcanzados por el Parlament en este sentido y, con esta nueva providencia dirigida a Torra y su Ejecutivo, refuerza la notificación ya efectuada al presidente de la Mesa de la Cámara, el republicano Roger Torrent, en el mismo sentido. El desacato a las sentencias, autos y resoluciones judiciales conlleva consecuencias penales severas para los cargos que incurran en ellas.

La suspensión vigente, decretada por el Constitucional, afecta a apartados concretos de la resolución 546/XII del Parlament de Cataluña. En concreto a varios matices contenidos en el punto I -relativo a los ‘Derechos y libertades’- apartados 1, 2, 3 y 4, donde la Cámara legislativa catalana volvía a proclamar el derecho de autodeterminación e impulsaba la «desobediencia institucional». Esto es, apelaba a «las instituciones a ignorar las normas» aplicables en el marco de la legalidad vigente.

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