España
Golpe al Poder Judicial

El Consejo de Europa celebró el endurecimiento de la malversación por Rajoy que Sánchez quiere liquidar

El Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), órgano del Consejo de Europa que busca mejorar las políticas de los países miembros, celebró en febrero de 2016 el endurecimiento de la malversación que el Gobierno de Mariano Rajoy llevó al Código Penal en 2015 y que el Ejecutivo de Pedro Sánchez quiere ahora revertir para satisfacer a sus socios independentistas.

En concreto, en la segunda adenda del segundo informe de cumplimiento, correspondiente a la tercera ronda de evaluación, el GRECO afirmó que el Gobierno de España entonces introdujo «reformas pertinentes para atender las recomendaciones emitidas en este ámbito por diferentes organizaciones internacionales», incluyendo aquí tanto al propio Consejo de Europa (GRECO) como a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Grupo de Trabajo sobre Soborno de la OCDE) y Naciones Unidas (Grupo de Revisión de la Implementación de la Convención de la ONU contra la Corrupción).

«La aprobación de la ley orgánica 1/2015, por la que se introducen modificaciones en el Código Penal, introduce importantes novedades en materia de cohecho en el sector privado y responsabilidad empresarial, tráfico activo de influencias, endurecimiento de las penas por delitos de corrupción, cobertura internacional del delito de cohecho, etcétera», celebró el GRECO.

Se da la circunstancia de que esta modificación del Código Penal en 2015 fue un procedimiento que el Ejecutivo de Rajoy tardó tres años en impulsar y tramitar, mientras que Sánchez quiere perpetrar su reforma en apenas unas semanas para saltarse así la emisión de informes de órganos como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Comisión General de Codificación o el Consejo de Estado, según ha denunciado el PP a través de su secretaria general y portavoz en el Congreso, Cuca Gamarra.

«Atropello»

De hecho, la número 2 del partido de Alberto Núñez Feijóo avanzó el sábado un recurso de amparo ante el Constitucional por el «atropello del poder legislativo» que está acometiendo Sánchez con este plan exprés de asalto a la Justicia por la vía de la enmienda a una proposición de ley de PSOE-Podemos, en lugar de un proyecto de ley emanado del Gobierno.

Asimismo, en su informe de cumplimiento de la quinta ronda de evaluación, fechado en junio de 2019 y dentro de un análisis de los principales frentes de actuación contra la corrupción», el GRECO también remarcó que «el uso indebido de recursos públicos constituye un delito de malversación», citando aquí cómo la legislación española cuenta para combatir esta corrupción con los artículos que van del 432 al 435 del Código Penal que endureció el Gobierno de Rajoy.

Además, tal y como ha publicado OKDIARIO, el GRECO no hizo aquí distinción alguna entre el enriquecimiento personal o la ausencia de este, como ahora argumentan los separatistas de ERC para bajar las penas y despenalizar el desvío de fondos al procés o el propio Gobierno de Sánchez para secundar la rebaja e introducir un nuevo tipo penal de enriquecimiento ilícito.

Hasta la publicación de la ley orgánica 1/2015, el delito del artículo 433 del Código Penal castigaba a «la autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones», pudiendo ser condenado a una pena de «multa de seis a doce meses» y la «suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años», cuando el perjuicio fuera inferior a 4.000 euros. Aquí no se hablaba de lucro, mientras que ello sí aparecía contemplado en el artículo 432 -del Código Penal de 1995- con penas mayores en función de la gravedad.

Sin embargo, con la reforma que llevó a cabo el Gobierno de Rajoy en 2015 y que fue aplaudida por el Consejo de Europea a través del GRECO, no sólo se endurecieron las penas sino también los supuestos. El citado artículo 433 pasó de establecer una condena por malversación de «multa de seis a doce meses» a una «pena de prisión de uno a dos años y multa de tres meses y un día a doce meses». Y la inhabilitación se elevó en este caso de un máximo de tres años a cinco años.

Pero también, y aquí está lo que más incomoda a ERC, el Ejecutivo de Rajoy  amplió lo que antes era «malversación con ánimo de lucro» a los supuestos de malversación por «administración desleal» y «apropiación indebida» sobre el patrimonio público (artículos 252 y 253).

«Inadecuada»

El grupo de ERC quiere volver a la «estructura planteada en 1995, pero contemplando las penalidades del 2015 por lo que se refiere a las conductas de apropiación», esto es, sólo perseguir la malversación para «usos particulares y ajenos a la función pública» y hacerlo con una pena de 6 meses a tres años.

Para los separatistas de Oriol Junqueras, condenado por sedición y malversación en torno al 1-O de Cataluña, se superaría así la «inadecuada reforma de 2015, que equipara indebidamente lo que suele denominarse administración de activos ajenos particulares y públicos». Este es el contenido de la enmienda que los secesionistas han presentado a la reforma del Código Penal impulsada por PSOE y Podemos para derogar el delito de sedición, entre otras medidas.

Por su parte, los dos partidos del Gobierno tienen previsto registrar este lunes una enmienda transaccional a la de ERC en la que acceden a rebajar la pena máxima por malversación (artículo 132) de 6 a 4 años de cárcel y la inhabilitación de 10 a 6 años, eso sí, cuando haya desvío presupuestario irregular de fondos públicos dentro de la Administración pública, algo que los socios de Sánchez responsables del golpe de 2017 directamente pretenden despenalizar.