Cataluña avisa de que el teletrabajo es «obligatorio» y multará a las empresas que no lo cumplan

Teletrabajo
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España vive bajo un nuevo estado de alarma para instaurar el toque de queda en todo el país y que las comunidades puedan aplicar medidas más restrictivas bajo el amparo jurídico. Cataluña no descarta aplicar un cierre perimetral e, incluso, imponer confinamientos domiciliarios durante el fin de semana.

Además, el consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat, Chakir el Homrani, ha asegurado que el teletrabajo y el trabajo a distancia «son obligatorios» para todas las empresas, públicas o privadas, que puedan implementarlo y que se sancionará a las empresas que no lo apliquen.

En una entrevista de Rac1, El Homrani ha defendido que las compañías que no puedan hacerlo tendrán que hacer un certificado conforme no pueden aplicarlo. Además ha explicado que se regula a través de las resoluciones realizadas en el ámbito de salud pública, ya que la administración catalana no cuenta con las competencias en el ámbito laboral y normativo.

«Hemos visto que no ha habido la reducción de movilidad y lo que hacemos es reforzarlo al máximo. El objetivo es que todos tomemos conciencia y que paremos al máximo la movilidad que no es necesaria. Y en el ámbito laboral no es necesaria la movilidad si puedes teletrabajar», ha añadido.

Sin embargo, el lunes, en una entrevista de Catalunya Ràdio, la consellera de Presidencia y portavoz del Govern, Meritxell Budó, reconoció que hacer obligatorio el teletrabajo es una de las medidas que la Generalitat no puede aplicar dentro del estado de alarma porque no tiene la «cobertura jurídica» para hacerlo.

El Consell de Relacions Laborals (CRL) ha recordado este martes a las empresas y trabajadores la obligación de hacer teletrabajo con el objetivo de limitar la movilidad de las personas para frentar el ritmo de contagios por Covid-19.

En una declaración firmada por la Generalitat, CC.OO., UGT, Fomento del Trebajo y Pimec, han explicado que se puede realizar trabajo presencial solo cuando la movilidad es imprescindible, y que en los casos en que el trabajo a distancia no sea posible, se tienen que implementar medidas como horarios de entrada y salida escalonados y flexibilidad horaria.

Proponen adoptar, preferentemente y temporalmente, medidas de flexibilidad interna negociadas entre la empresa y la representación legal o sindical de los trabajadores en cuanto a posibles modificaciones de la jornada.

En caso que haya razones justificadas, han propuesto adoptar medidas como ajustes de la producción, acordar bolsas horarias, adaptar el calendario laboral, programar actividades formativas, redistribuir la jornada laboral, establecer sistemas de permisos que permitan ajustar la carga de trabajo y establecer reglas de compensación para el periodo de reorganización del tiempo de trabajo.

El CRL ha constatado que la situación actual de la pandemia supone una irrupción de una segunda ola de contagios de alcance comunitario que compromete la integridad y la salud de las personas y, en consecuencia, se han tomado medidas para cambiar comportamientos individuales y colectivos a fin de reducir en la medida de lo posible del incremento de los contagios.

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