España
Audiencia Provincial de Madrid

La Audiencia ve en los contratos del socio de Begoña Gómez «datos objetivos suficientes» para investigar

"Hay indicios objetivos de intermediación en las subvenciones, con algún tipo de contraprestación"

La Fiscalía defendía a Begoña Gómez porque no firmaba expresamente como "mujer de Pedro Sánchez"

La Audiencia Provincial de Madrid ve en los contratos de la empresa estatal Red.es con la mercantil del socio de Begoña Gómez, Carlos Barrabés, «datos objetivos suficientes» para investigar a la mujer de Pedro Sánchez. En el auto en el que tira por tierra el recurso de apelación de la Fiscalía, los tres jueces dictaminan que sí hay «indicios objetivos».

Tras analizar la denuncia de Manos Limpias, el tribunal razona que la empresa Innova Next SL, propiedad de Barrabés, obtuvo contratos con Red.es «ganando a ofertas económicas más atractivas». Agregan que «Begoña Gómez recomendó su contratación por carta» y eso pudo inclinar la balanza. Se produjo una «mediación» para lograr los contratos que justifican la imputación de la primera dama.

Por otra parte, restan importancia a otros extremos de la denuncia de Manos Limpias como el rescate del Gobierno a Air Europa gracias a la conexión de sus máximos responsables con Begoña Gómez. La Sala asevera que es «una simple conjetura» más allá «de llamativas coincidencias temporales y personales».

Centrando la atención en el contrato con Barrabés, la Sala concluye: «De lo anterior se deduce que existen indicios acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo para el comienzo de la instrucción acordada mediante el auto recurrido y que son suficientes en relación a lo que el Tribunal Constitucional exige para la incoación de un procedimiento».

«Intermedió en la concesión»

Remarca que la denuncia de Manos Limpias proporciona «indicios objetivos que apuntan a la intermediación en la concesión de subvenciones en las que podría haber mediado algún tipo de contraprestación, al menos, respecto de los hechos concretos referidos a la UTE formada por Innova Next SLU y la Escuela de Negocios The Valley, actividad que legitima una investigación». Agregan que no es necesario por el momento anticipar una calificación jurídica.

En este plano, le dice al fiscal que con independencia del resultado de la investigación abierta, «no es el momento de valorar los indicios para imputar un delito» y, por tanto, «resulta completamente improcedente el análisis detallado del hecho delictivo denunciado para ser calificado jurídicamente». Reservan esa labor al juez instructor, Juan Carlos Peinado, que en los próximos meses analizará todas las pruebas.

Dos delitos

Peinado, que como el resto de instructores de Plaza Castilla tiene un gran volumen de casos en su escritorio, ahora ha recibido un importante aval. La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado la pretensión de Fiscalía para que se archive la investigación del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid contra Begoña Gómez. El juez tiene vía libre para seguir imputando a la inquilina del Palacio de La Moncloa por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

A mayor ahondamiento, la Sección 23 de la Audiencia Provincial, con ponencia del magistrado Enrique Jesús Bergés, esgrime que «pese al contenido algo deslavazado de la denuncia» de Manos Limpias, sí que existen «datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación» en lo relativo a las adjudicaciones de la Administración Pública a la empresa Innova Next SLU del empresario Juan Carlos Barrabés.

La denuncia de Manos Limpias se registró por parte de su secretario general, Miguel Bernad, el pasado 9 de abril. Argumentan que Begoña Gómez, «prevaliéndose de su estatus personal, esposa del presidente del Gobierno de España, ha venido recomendando o avalando por carta de recomendación con su firma a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas». Recordaban que el empresario Barrabés logró licitaciones públicas por valor de 10 millones de euros. «Este empresario además montó el Máster de Transformación Social Competitiva de la denunciada», añadían. En la cátedra de Begoña Gómez se le fichó además como profesor asociado.

Por otra parte, la Fiscalía que «su pretensión de impedir toda investigación amparándose en una taxativa interpretación típica en este delicado campo es inusual y podría llevar a crear lagunas de impunidad en toda actividad delictiva donde la delimitación del comportamiento penalmente relevante no siempre es fácil de establecer».

Y dado que solo ve base en lo referido a las adjudicaciones a Barrabés, le dice al juez que debe limitarse a esos hechos y debe dar «las órdenes oportunas a la fuerza policial investigadora, dado el carácter genérico del inicial oficio» que emitió.

En cuanto a que Peinado declarara secreta la causa al inicio, el tribunal dice que era «innecesario» porque en el auto de incoación no indica la finalidad de dicha restricción de derechos. «Y no obstante, se permite a la denunciada tomar conocimiento del resultado de las diligencias, no cumpliéndose con la finalidad que justificaría el secreto que hemos indicado», apunta, por lo que acuerda alzar el secreto, si bien esa medida ya fue adoptada por el propio instructor hace días.