La Audiencia de Badajoz avala de nuevo la investigación al hermano de Sánchez y la revisión de sus emails
Los jueces tumban el recurso que presentó un alto cargo de la Diputación contra el caso
La Audiencia Provincial de Badajoz ha ratificado de nuevo la continuidad de la investigación judicial abierta al hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, indicando que «no hay vulneración de derechos fundamentales». La Sección Primera ha rechazado el recurso presentado por Francisco Martos contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, Beatriz Biedma, de abrir una pieza separada que permite a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) incautar correos electrónicos en la Diputación de Badajoz de David Sánchez y otros investigados, para esclarecer la posible creación de un puesto de trabajo ad hoc para el hermano del jefe del Ejecutivo.
En una resolución de 32 páginas, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, los magistrados señalan que «al abordar el recurso deben considerarse varias cuestiones preliminares de gran relevancia», recordando que la Sala ya había analizado previamente la legalidad del Auto recurrido en dos ocasiones anteriores, de fecha 9 de julio de 2024. «No podemos sino remitirnos a lo ya señalado en esos autos anteriores, ya que los argumentos presentados por las partes, incluido el Sr. Martos Ortiz, son similares», añade la resolución.
«Observamos que la resolución ahora recurrida ha sido exquisitamente cuidadosa con la determinación del ámbito subjetivo y objetivo afectado, contra lo que dispone el recurso, motivando el cumplimiento de los requisitos», insisten por segunda vez desde la Audiencia pacense sobre el caso que acorrala al director de orquesta David Sánchez, conocido como David Azagra.
Asimismo, los magistrados destacan que «no se transcribe la petición de la UCO sin más, ya que se ha realizado una valoración específica de los datos que ya constaban en la causa principal, en la que se había aportado la documentación solicitada a la Diputación de Badajoz. Que el oficio de la UCO no se basaba únicamente en la experiencia de casos similares es algo que, como se ha indicado anteriormente, queda reflejado en el contenido de la solicitud».
La Audiencia también rechaza la objeción sobre la necesidad de la medida, al afirmar que «es evidente que la obtención de estos actos considerados preparatorios tiene un efecto esclarecedor más amplio e inmediato para profundizar en la investigación», como indicó la instructora.
En cuanto a la supuesta insuficiencia de la extensión subjetiva, la Audiencia considera que «no cabe cuestionar lo decidido ni solicitar que se incluyan más presuntos intervinientes en los hechos; se ha seguido la propuesta de la UCO en la forma establecida en el Auto».
«Impacto mínimo»
Los magistrados también responden a los argumentos sobre el derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad, señalando que la intervención se limita a correos corporativos relacionados con el caso en cuestión, por lo que el impacto sobre la intimidad es mínimo.
En cuanto a los derechos fundamentales alegados, el Auto concluye que «no se observan las vulneraciones de derechos fundamentales señaladas, como el derecho a la tutela judicial efectiva o al secreto de las comunicaciones, ni al derecho a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia». Los derechos de los terceros se han respetado al permitirles personarse en la causa, de modo que «no procede la nulidad solicitada respecto a las diligencias». Por todo ello, la Audiencia desestima el recurso y confirma la resolución impugnada.
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