La UE determina la retroactividad de las cláusulas suelo: los bancos devolverán todo lo cobrado
El Tribunal Superior de Justicia de la UE (TSJUE) ha determinado que las cláusulas suelo son abusivas, y por lo tanto nulas, estableciendo la retroactividad total en la devolución de las cantidades cobradas indebidamente por las entidades financieras. Esto implica que todos los hogares que hayan tenido este tipo de cláusulas en sus préstamos hipotecarios (que limitan la bajada del interés variable) podrán reclamar la totalidad del dinero aportado de más como consecuencia de las mismas.
De esta forma, el TSJUE enmienda la plana al Tribunal Supremo español, que fijó una retroactividad parcial de la nulidad de las cláusulas suelo, estableciendo que las entidades financieras sólo estaban obligadas a abonar las cantidades cobradas de más a partir de mayo de 2013. El argumento que utilizó el Alto Tribunal español generó mucha polémica, ya que indicaba que no aplicaba la retroactividad total debido a las consecuencias que tendría la devolución del dinero sobre la estabilidad del sistema financiero español.
Fuentes financieras consultadas por este diario admiten que el Supremo puso esa limitación “ante la presión del lobby bancario”, con la excusa de que la retroactividad total generaría un impacto inasumible para las entidades. De hecho, el criterio del Alto Tribunal español es contrario a la normativa europea y a la finalidad de la Directiva 93/13 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Desde las entidades financieras se intenta trasladar la idea de que la citada retroactividad total generaría un agujero de hasta 20.000 millones de euros en sus balances, aunque otros cálculos, como los realizados por Analistas Financieros Internacionales (AFI) rebajan la cifra hasta los 10.000 millones de euros.
En la actualidad el Tribunal Supremo mantiene suspendidos todos los procedimientos de reclamaciones relativos a la cláusula suelo, a la espera de que el TJUE se pronuncie. El caso llegó al tribunal europeo por petición del Juzgado Mercantil número 1 de Granada, tras una demanda puesta contra BBK Bank Cajasur. En la vista oral celebrada hoy han intervenido letrados representando, además, a Banco Popular y a BBVA.
Las cláusulas suelo es como se conoce a la limitación que los bancos y cajas de ahorros han puesto en los contratos hipotecarios para no reducir la cuota del préstamo a partir de un determinado nivel del euríbor, que es el tipo de interés al que se referencian la inmensa mayoría de las hipotecas en España. En la actualidad el euríbor está en terreno negativo y hay muchas familias que siguen pagando sus cuotas con tipos de referencia superiores al 1% o al 2%.
A partir de ahora se abre un proceso que puede durar varios meses hasta que los afectados puedan recibir el dinero indebidamente cobrado por los bancos por las citadas cláusulas. El despacho Arriaga Asociados considera que los hogares afectados que pueden reclamar son cuatro millones.
“Los bancos podrían optar por devolver el dinero de forma voluntaria y, si no lo hacen, hay que llevarlos a juicio y entonces son los jueces los que tienen que seguir lo que diga el TSJUE. Que nadie espere que el banco pague sin que se haga una reclamación. Los bancos no regalan nada, yo siempre aconsejo que si hay una oferta por parte del banco el afectado vaya a un abogado y haga números”, explicó en una reciente entrevista a OKDIARIO el socio director de Arriaga Asociados, Jesús María Ruiz de Arriaga.
Ruiz de Arriaga: «El TJE hace justicia»
Hoy, tras conocerse la sentencia, Ruiz de Arriaga ha indicado que “era fundamental que se produjese un pronunciamiento judicial a favor de los derechos de los consumidores y que se declarase la nulidad de las cláusulas suelo con retroactividad desde el inicio. El TJUE hace justicia y blinda con esta Sentencia que en el futuro no se vuelvan a aplicar en nuevas hipotecas”. Actualmente el despacho defiende a 2.500 clientes con hipotecas con cláusulas suelo.
Las familias que quieran reclamar deberán acudir a un abogado para realizar una reclamación judicial para obtener la declaración de nulidad de su cláusula suelo y confirmar que el cálculo del perjuicio (lo que se ha pagado de más desde el inicio) es correcto, así como volver a determinar el importe del cuadro de amortización (lo que se ha pagado de menos de capital y lo que se habría pagado en caso de no aplicar la cláusula suelo).
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