El Supremo anula los parámetros retributivos fijados en 2020 para determinadas plantas de cogeneración
El Tribunal Supremo ha declarado nulos los parámetros retributivos que el Gobierno central estableció en 2020 para determinadas plantas de cogeneración que venden todo o parte del calor útil producido a industrias que están dentro del Régimen de Comercio de Emisión y que perciben los derechos de emisión de CO2 asignados gratis por el calor útil consumido. La orden del 24 de febrero del pasado años actualizaba los parámetros y rebajaba la remuneración.
Según se ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la sala tercera del Alto Tribunal se pronuncia así en una sentencia en que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo que interpusieron Cofely Energía Martorell, Cofely Energía Sant Joan y Kosorkuntza contra la orden que el año pasado actualizó la retribución a las instalaciones que producen electricidad con renovables, cogeneración y residuos, y que rebajó esa remuneración.
El Tribunal Supremo en su fallo declara nulos los parámetros retributivos de aquellas instalaciones tipo referidas a determinadas plantas de cogeneración que venden todo o parte del calor útil producido a industrias que están dentro del Régimen de Comercio de Emisión y que perciben los derechos de emisión de CO2 asignados gratuitamente por el calor útil consumido.
La orden se publicó el 24 de febrero de 2020 y en ella se actualizaron los parámetros por los que se retribuye a las instalaciones que producen electricidad con renovables, cogeneración y residuos para que puedan complementar los ingresos que obtienen en el mercado, a fin de que puedan cubrir sus costes y alcanzar la rentabilidad razonable que les reconoce la normativa.
Esta actualización, que rebajó en 2.428 millones la retribución para el periodo 2020 a 2022 respecto a lo que percibieron en 2019 y cuya aplicación se fijaba desde el 1 de enero de 2020, fue muy contestada por las asociaciones de empresas de cogeneración, ya que les tocaba asumir un 43% (unos 450 millones) del grueso del recorte para 2020.
No obstante, el coronavirus hizo que el Gobierno en junio de 2020 aprobara un real decreto ley con diferentes medidas, entre ellas dirigidas a preservar la liquidez del sistema eléctrico, afectado por la crisis de la covid-19.
En ese real decreto ley, se contemplaba revisar la retribución a la operación de la cogeneración durante el estado de alarma y para calcularla en ese periodo se considerarían los valores del precio del mercado eléctrico y de los derechos de emisión de CO2 durante el estado de alarma.
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