Los súper e hipermercados estarán obligados a prohibir la ‘venta a pérdida’ y las promociones engañosas
Desde este jueves supermercados e hipermercados tendrán prohibido desde la ‘venta a pérdida’ y las promociones engañosas de productos tras la entrada en vigor del paquete de medidas aprobado esta semana por el Gobierno para garantizar unos precios justos a los agricultores y ganaderos y aliviar así la crisis del campo.
En concreto, el Real Decreto-ley que contempla medidas urgentes para mejorar la posición negociadora y lograr el justo reparto de los costes generales del sector primario a lo largo de la cadena alimentaria, con sanciones más reforzadas, se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor mañana.
Así, en la nueva norma se consideran graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio.
Además, se consideran como infracciones graves la destrucción de valor en la cadena alimentaria, así como realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos, informa Europa Press.
De esta forma, los establecimientos comerciales que vendan productos alimentarios de forma reiterada a un precio inferior a los costes de producción en España incurrirán en una falta muy grave cuya sanción está fijada entre 100.000 euros y un millón de euros.
«Se prohíbe la destrucción de valor en cada elemento de la cadena, ni la industria ni la distribución podrán vender por debajo del precio que haya costado producirlo, con la excepción de productos perecederos para evitar el despilfarro alimentario», afirmó ayer Planas, quien ha insistido en que no se producirá un incremento de precios al consumidor.
Por su parte, la modificación en la Ley del IRPF para mejorar la tributación en este impuesto de los jóvenes que reciben las ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas surtirá efecto desde el 1 de enero de este año.
Con esta modificación se garantiza una mejora del tratamiento fiscal, ya que se permitirá imputar en cuatro años los importes recibidos en las ayudas a la primera instalación, de forma que el impacto fiscal no se concentre en el año en que se reciben, lo que incentiva la apuesta por el relevo generacional.
Según la norma publicada en el BOE, la reducción a 20 del número de jornadas necesarias en el campo para el acceso al subsidio por desempleo en Extremadura y Andalucía será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de este jueves y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.
Lo último en Economía
-
La deuda pública cierra 2025 en un nuevo récord anual: 1,699 billones, el 100,8% del PIB
-
Garamendi tras las críticas de Sánchez: «Parece que hay que buscar enemigos para tapar alguna miseria»
-
La falta de capacidad de la red eléctrica hace imposible el plan de vivienda de Sánchez: «No tendrían luz»
-
Restablecida la alta velocidad entre Madrid y Sevilla: el presidente de Iryo viaja en el primer tren
-
El Ibex 35 abre ligeramente a la baja pero no renuncia a mantener los 17.900 puntos
Últimas noticias
-
Un tren se queda detenido en Adamuz el día de la reapertura por una pieza suelta en la catenaria
-
Investigadores se toman un té con un simio y el resultado reescribe la teoría de la mente humana
-
Colas kilométricas en Skechers por las deportivas ‘Slip-ins’ que recomiendan los podólogos
-
Muere Jesse Jackson, el histórico defensor de los derechos civiles de los negros en EEUU
-
El truco para lavar las cortinas en casa sin esfuerzos: sólo tienes que echarle azúcar a la lavadora