El SEPE lo hace oficial: ya se puede cobrar el subsidio indefinido para mayores de 52 años
La Seguridad Social a través del SEPE ofrece a los trabajadores en paro un subsidio indefinido para los mayores de 52 años
La Seguridad Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, ofrece a los trabajadores en paro un subsidio indefinido para los mayores de 52 años. Esta ayuda está destinada a las personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo y están cerca de la edad de acceso a la jubilación ordinaria. A diferencia del resto de subsidios, este paro es vitalicio y también cotiza para la jubilación. Consulta en este artículo los requisitos y todo lo que debes saber para acceder en España al subsidio para mayores de 52 años.
La Seguridad Social ofrece un gran número de ayudas para los ciudadanos que están en una situación de desempleo y una de ellas es el subsidio para mayores de 52 años. Este ‘paro indefinido’ está destinado a las personas que han agotado la prestación contributiva de desempleo, el paro de toda la vida, y no pueden encontrar un empleo. La cuantía es de 480 euros, lo equivalente al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Esta ayuda tiene como objetivo allanar el camino a la retirada a los trabajadores mayores de 52 años que están cerca de la edad ordinaria para acceder a la jubilación. Por ello, es el único subsidio de la Seguridad Social que cotiza para la jubilación, por lo que se tomará como base de cotización el 125% de la base mínima de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social. «El Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación», indica la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que informa en sus canales oficiales que estas cotizaciones tendrán efecto para:
- Para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella.
- Para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada.
Requisitos para el subsidio indefinido
El Servicio Público de Empleo Estatal establece una serie de requisitos para acceder a este subsidio para mayores de 52 años en España. La primera condición es estar en situación de desempleo y haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad la prestación contributiva por desempleo. A esta ayuda podrán acceder las personas que se encuentren trabajando de forma parcial, pero no los que tengan un contrato fijo discontinuo.
Para acceder al subsidio para mayores de 52 años, también hay que cumplir con unos requisitos de cotización. Así que los beneficiarios tendrán que haber cotizado al desempleo durante seis años en la vida laboral y también tener 15 años cotizados, teniendo que ser al menos dos en los últimos quince años. Los beneficiarios de este subsidio de la Seguridad Social también tendrán que estar inscritos como demandantes de empleo y cumplir con todas las obligaciones del SEPE.
Estos son los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años:
- Estar en situación de desempleo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Estar en situación de desempleo total o trabajando de forma parcial.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Seis años cotizados al desempleo.
- Cotización de 15 años en la vida laboral y 2 en los últimos 15 años.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
Otro requisito indispensable también será demostrar carencia de rentas propias. «Cumplirás el requisito de carencia de rentas propias en la fecha de la solicitud cuando las rentas de cualquier naturaleza que tengas, tanto si eres persona solicitante como beneficiaria, durante el mes natural anterior a dichas fechas, no superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional», afirma la Seguridad Social en su página web.
Cómo se solicita la ayuda
En caso de cumplir con los requisitos antes esgrimidos, la Seguridad Social también indica en sus canales oficiales los pasos para darte acceso al subsidio para mayores de 52 años. La documentación tendrá que ser presentada de forma obligatoria en un plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante. Se podrá presentar a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
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