La Seguridad Social lo confirma: recortes del 30% en las pensiones de estos jubilados en España
Los jubilados pueden sufrir recortes de hasta un 30% en sus pensiones contributivas
Los jubilados pueden sufrir recortes de hasta un 30% en sus pensiones contributivas. La Seguridad Social ofrece a los trabajadores españoles que cumplan con los requisitos poder acceder a la jubilación a los 61 años acogiéndose a la jubilación anticipada involuntaria. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre esta modalidad de jubilación que conlleva un recorte en las pensiones de los jubilados.
En este 2026, la Seguridad Social ha vuelto a cambiar los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria en España con el 100% de la pensión. Para retirarse a los 65 años con la nómina íntegra, hay que acreditar 38 años y tres meses cotizados y los que no cumplan con este requisito tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses para acceder a la jubilación sin penalizaciones en su pensión. Para el año 2027, la edad se demorará hasta los 67 años para los que no puedan acreditar una cotización mínima de 38 años y seis meses.
La Seguridad Social también ofrece la opción de anticipar la jubilación, pero cumpliendo con unas penalizaciones. Los recortes en las pensiones de los jubilados podrán ser de hasta un 21% para los que adelanten la retirada dos años con la jubilación anticipada voluntaria y estos serán de un 30% para los que elijan la jubilación anticipada involuntaria, que permite adelantar el acceso a la jubilación hasta cuatro años. Es decir, los trabajadores que cumplan con los requisitos se podrán jubilar a los 61 años.
Los recortes en las pensiones de los jubilados
La «jubilación anticipada por voluntad del interesado» está recogida en el artículo 208 de la Ley de la Seguridad Social y ahí se establecen los requisitos para poder adelantar el acceso a la jubilación hasta 48 meses. Para ello, se requiere un mínimo de cotización de 33 años, dos de los cuales tienen que estar dentro de los 15 años últimos. Para acceder a este tipo de jubilación, hay que tener un máximo de cuatro años menos que la edad ordinaria de jubilación, que será 61 años para los que tengan cotizados 38 años y tres meses y 62 años y seis meses para los que no lleguen a este límite.
Otro de los requisitos imprescindibles para acogerse a la jubilación anticipada involuntaria es haber sido víctima de un cese forzoso por parte de la empresa, es decir, que haya sido ajeno a la voluntad del trabajador. Así que podrán acogerse a esta modalidad de jubilación los que hayan sido despedidos a través de los siguientes procesos:
- Un Expediente de Regulación de Empleo.
- Extinción de contrato por fuerza mayor.
- Extinción de la personalidad jurídica de la empresa
- Jubilación o fallecimiento del empresario.
- Despido objetivo.
Los trabajadores que cumplan con estos requisitos podrán acogerse a la jubilación anticipada involuntaria, cumpliendo con una serie de penalizaciones. Hay que tener en cuenta que los recortes de las pensiones de los jubilados pueden ser hasta un 30% para los que opten por adelantar la jubilación cuatro años y hayan cotizado menos de 38 años y seis meses.
Por ejemplo, los que quieran adelantar la jubilación 48 meses y hayan cotizado más de 44 años y seis meses sólo sufrirán un 24% de recorte en las pensiones de jubilados.
Los que tengan más de 44 años y seis meses cotizados y quieran adelantar su jubilación 10 meses, tendrán un 4,22% de penalización en la pensión. Estas penalizaciones irán desde el 30% al 0,50%. Será del 0,63% para los que quieran adelantar la jubilación un mes y hayan cotizado menos de 38 años y seis meses.
Así que estos recortes en las pensiones de los jubilados que quieran adelantar la retirada de forma involuntaria irán en función de los años de cotización y los meses que quieran anticipar su acceso a la jubilación.
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