La Seguridad Social esconde ayudas que casi nadie conoce: algunas podrían darte un vuelco económico
La Seguridad Social ofrece un gran número de ayudas que muchas personas no conocen
La Seguridad Social ofrece un gran número de ayudas que puede que desconozcas. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 publicó hace unos meses la ‘Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2025’, a la que se pueden acoger los ciudadanos que cumplan con los requisitos. Estas bases han sido actualizadas al mes de abril de 2025 y, desde el 1 de enero, algunas de estas prestaciones han incrementado sus cuantías. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las ayudas ‘desconocidas’ de la Seguridad Social.
Mientras el Gobierno de Pedro Sánchez sigue a la deriva camino al día de su juicio final, desde los diferentes ministerios del ejecutivo siguen aprobando ayudas para que los beneficiarios no se olviden de ellas en las próximas elecciones. En la ‘Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2025’, actualizada hace unos meses, se pueden encontrar prestaciones ocultas a nivel familiar, en materia de empleo, vivienda o hasta en cultura y deporte.
Las ayudas ‘ocultas’ de la Seguridad Social
Complemento para la reducción de brecha de género
Esta ayuda de la Seguridad Social poco a poco va siendo más conocida desde que los padres también pueden acceder cumpliendo con unos requisitos. Esta es la histórica prestación para la maternidad de la que ahora también se pueden aprovechar los progenitores que durante su trayectoria profesional hayan cotizado de menos por estar al cuidado de los hijos.
«Las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad, reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres», dice la Seguridad Social sobre una ayuda que ahora también va directa a los hombres.
Las cuantías serán de 35,90 euros al mes por hijo hasta los 143,60 euros, que se establecen como máximo mensual en caso de tener cuatro hijos.
Ayudas en caso de impago de pensiones de alimentos en situaciones de separación o divorcio
Las separaciones o divorcios son tendencia en España y el Fondo de Garantía de Pago de Alimentos se encarga de los menores que puedan ser víctimas del impago de una de las partes en la pensión de alimentos. «Los poderes públicos deben dar cobertura y solución a estas situaciones de desatención de los hijos e hijas menores, proporcionando una garantía para la protección económica de las familias que se encuentren en estas circunstancias», informan desde la Seguridad Social.
«Es la prestación económica que el Fondo reconoce al titular de los alimentos impagados, adelantándole la pensión alimenticia adeudada (en todo o en parte) por el obligado al pago», dice a la vez que informa que la cuantía del anticipo por beneficiario es de 100 euros mensuales, que percibirá la madre, padre o persona que tenga la guardia y custodia de la persona beneficiaria.
Ayudas al alquiler de la vivienda habitual
España tiene un problema en vivienda que el Gobierno de Sánchez no está sabiendo atajar y, por ello, ofrecen unas ayudas para el alquiler cuyos beneficiarios serán los inquilinos o personas arrendatarias cuando el tipo de la vivienda sea habitual y permanente.
El requisito principal para acceder a esta ayuda será el límite de ingresos de la unidad de convivencia, que no podrá superar tres veces el IPREM. La cuantía de la ayuda será de hasta el 50% de la renta del alquiler, con un límite de 600 euros al mes y 900 euros sólo en casos más graves. Esta ayuda de la Seguridad Social se podrá alargar durante cinco años.
Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
España tiene un problema con la baja tasa de natalidad y por ello desde hace años se fomenta el nacimiento o adopción con ayudas. En esta guía se puede encontrar una que va directa a las mujeres que tengan riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. Las personas que estén en esta situación cobrarán el 100% de la base reguladora hasta la suspensión.
«Es la situación que se produce cuando la trabajadora está expuesta en el desarrollo de su trabajo a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de ella misma, del feto o para el lactante, y así lo certifiquen los servicios médicos del INSS o de las Mutuas», informa la Seguridad Social, que también deja claro que: «El empresario debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo de la trabajadora afectada o pasar a desempeñar un puesto de trabajo diferente compatible con su estado. Si ello no es posible, se procederá a la suspensión del contrato de trabajo».
Subsidio para personas víctimas de violencia de género o sexual
El SEPE ofrece varios subsidios para las personas que estén en situación de desempleo y uno hace mención a las víctimas de violencia de género o sexual. «Si eres persona víctima de violencia de género, sexual o la ejercida por padres o hijos, puedes acceder al subsidio por desempleo si cumples los requisitos exigidos», informan, siendo uno indispensable estar en situación de desempleo y haber agotado la prestación. Las cuantías serán las siguientes:
- Primeros 180 días: 570 euros al mes.
- Día 181 al 360: 540 euros al mes.
- A partir del día 361: 480 euros al mes.
Ayuda por lesiones temporales tras un accidente de tráfico
Las personas que son víctimas de un accidente de tráfico también pueden acceder a unas prestaciones de la Seguridad Social, que van destinadas a cubrir el periodo de tiempo en el que no pueden cumplir con su trabajo. Estas cuantías pueden ir desde 39 euros al día para las personas que necesiten de una rehabilitación hasta los 130 euros al día para las personas que estén en la UCI y hayan perdido la autonomía. Si hay operación quirúrgica, se recibirá entre 500 euros y 2.000 en función de la complejidad de la operación. A esto hay que sumar las cantidades percibidas por la baja laboral y la posterior incapacidad permanente.
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