Schweppes defenderá el derecho de propiedad de su marca de tónica en España
Schweppes Suntory seguirá defendiendo el derecho de propiedad de su marca Schweppes en España pese a que el juzgado de lo Mercantil número ocho de Barcelona ha desestimado su demanda frente a Red Paralela, un distribuidor catalán, al considerar que sus derechos se encuentran agotados.
«Desde el absoluto respeto a las resoluciones judiciales, Schweppes quiere señalar que no comparte la decisión de dicho juzgado puesto que considera que, en ningún caso, puede concluirse que el derecho exclusivo que ostenta sobre la marca Schweppes se encuentra agotado, ni tampoco que nos encontremos en alguno de los límites al agotamiento del derecho conferido por la marca definido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea», han señalado desde la compañía.
Por ello, Schweppes ha anunciado la inmediata interposición de un recurso de apelación frente a la sentencia del juzgado catalán, la cual todavía no es firme.
Pese a la decisión del juzgado catalán, la compañía continúa inmersa en su batalla legal para impedir la venta de tónica fabricada en Reino Unido por Coca-Cola, con 46 resoluciones favorables desde 2014 emitidas por los juzgados españoles, que reconocen el derecho exclusivo que ostenta sobre la marca Schweppes en España y que le legitiman para impedir la comercialización de la tónica inglesa fabricada en Reino Unido por el grupo Coca Cola.
«Se trata, por lo tanto, de la única sentencia desfavorable en todos los procesos que se han resuelto hasta el momento», insisten desde la compañía.
Así, Schweppes continuará defendiendo sus derechos de marca ante los tribunales, «con una política de tolerancia cero frente a cualquier infracción que detecte en el mercado, luchando no sólo para defender sus derechos, sino también para proteger el interés de sus consumidores a encontrar y disfrutar de una tónica Schweppes con idénticas características, cumpliendo así sus exigentes expectativas».
Finalmente, el grupo Schweppes Suntory ha destacado el riesgo que dicha sentencia, no firme, supone para todas aquellas empresas que operan en España comercializando sus productos o servicios con marcas españolas.
«Si el derecho de marcas nacional no es capaz de ofrecer una respuesta eficaz para protegerlas frente a infracciones de sus derechos y conductas parasitarias por parte de terceros, no solo deviene ineficaz, sino que pone en riesgo los esfuerzos empresariales y económicos que las empresas realizan en el territorio nacional», ha resaltado.
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