Sánchez inundará de burocracia las moratorias en las cotizaciones para pymes y autónomos
Sigue en directo la última hora del coronavirus y del estado de alarma en España
El Real Decreto-Ley que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros incluye moratorias y aplazamientos de cotizaciones para autónomos y pymes, una buena noticia si no fuera porque inundarán, según los detalles del borrador al que ha tenido acceso OKDIARIO, con más burocracia a este colectivo capital para el funcionamiento de la actividad económica, el más castigado y el más abandonado por el Gobierno.
Una moratoria implica, por ejemplo, que todas las cotizaciones a pagar de un mes, se retrasarán a otro mes. Por ejemplo, que las cotizaciones de mayo se paguen en agosto. Por otro lado, un aplazamiento significará que si una compañía tiene que abonar 30.000 euros en cotizaciones en mayo, que pueda fraccionar el pago de este importe, por ejemplo, seis meses.
Moratoria
La vicepresidenta de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha sido la encargada de anunciar que se ha aprobado un aplazamiento del pago de deudas hasta el 30 de junio de 2020 y una moratoria de las cuotas por los días trabajados de marzo sin intereses. Sin embargo, los autónomos ya han pagado la cuota de marzo, con el golpe a sus ingresos que esto ha supuesto.
El Gobierno facultará a la Tesorería General de Seguridad Social para otorgar moratorias de 6 meses, sin intereses. Es decir, será el Ministerio de Seguridad Social el que se encargue del establecimiento de las condiciones para dicho otorgamiento.
El Ejecutivo pretende que la moratoria tenga que solicitarse cada mes por la empresa o el autónomo en los 10 primeros días naturales y fijará que no procede solicitar una moratoria de periodo de ingresos ya finalizados.
Las empresas que tengan exenciones por haberse acogido a un ERTE tampoco podrían beneficiarse de una moratoria.
Aplazamientos
Por otro lado, se encuentran los aplazamientos para empresas y autónomos incluidos en cualquier régimen, que se podrán solicitar siempre que no tengan otros aplazamiento en vigor y para deudas con la Seguridad Social cuyo plazo de pago esté comprendido entre abril y junio. El plazo previsto de la solicitud sería hasta el 30 de junio de 2020, aunque habrá que esperar a la letra pequeña del BOE para conocer todos los detalles.
No se aplicará, en el caso de pedir un aplazamiento, el interés de demora previsto en el artículo 23.5 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social. Salvo modificaciones de última hora, el Ejecutivo sí que tiene previsto aplicar el interés legal, por lo que el autónomo y la pyme sí saldrán, de alguna forma, penalizados.
Lo último en Economía
-
El sector ferroviario convoca otra huelga para el 17 de noviembre e incrementa la presión contra Puente
-
El aumento de la pobreza de las familias dispara un 45% los préstamos personales desde la llegada de Sánchez
-
La mitad de las «ayudas» anunciadas por Puente para las víctimas de Urda son anticipos de sus indemnizaciones
-
Grupo Tello Alimentación convierte la formación en oportunidades de empleo para el talento joven
-
Libeen refuerza su equipo directivo y renueva su plataforma para acelerar el acceso a la vivienda en España
Últimas noticias
-
Billy Bob Thornton ya tiene oficialmente su próxima serie tras los retrasos de la tercera temporada de ‘Landman’
-
La lección de Miguel de Cervantes, autor del Quijote, sobre la responsabilidad hace más de 400 años: «Cada uno es hijo de sus obras»
-
Los mejores relojes para las cenas de empresa de Navidad: seis modelos elegantes para acertar con tus ‘looks’ estas fiestas
-
Trump pone fin a la entrega de ayuda militar estadounidense a Israel por valor de 4.000 millones de dólares
-
Ana Obregón publica un comunicado bomba y pide perdón a Antonia Dell’Atte tras años de enfrentamiento: «No basta con arrepentirse en silencio»