Quién tiene derecho a reducción de la jornada laboral
El coste laboral de las empresas sube casi un 5% en el primer trimestre
Díaz propone un permiso laboral remunerado de cinco días anuales por cuidados familiares
El teletrabajo se valora cada vez más al buscar empleo en España, según varias encuestas
El artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho de los empleados a la reducción de la jornada laboral en base a una serie de causas. Cuando un trabajador quiere pedir la reducción de la jornada de forma voluntaria, debe solicitarlo a la empresa por escrito y con un mínimo de quince días de antelación.
La compañía no puede negarse ya que se trata de un derecho. En lo que respecta al horario, debe acordarse entre las partes. En algunos casos oscila entre un octavo y la mitad de la jornada, y en otros el mínimo es la mitad sin máximo establecido. La jornada reducida siempre conlleva la reducción proporcional del sueldo.
Cuidado de hijo
Todos los trabajadores por cuenta ajena, mujeres y hombres, pueden pedir la reducción de la jornada laboral para cuidar a un hijo de 12 años.
Durante el periodo de lactancia, padre y madre se pueden ausentar durante una hora del trabajo sin perder sueldo. Ahora bien, en caso de que ambos progenitores trabajen, este permiso únicamente lo puede disfrutar uno de ellos.
El permiso de lactancia se puede dividir en dos medias horas por jornada laboral, y, en caso de parto múltiple, se aumenta de forma proporcional.
En base a lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, en caso de hospitalización de un hijo prematuro, los progenitores pueden ausentarse una hora al día del trabajo sin reducción de sueldo. También pueden pedir una reducción de dos horas diarias, pero una de las horas se resta del salario.
Por motivos de tratamiento continuado u hospitalización, también existe el derecho de reducción de la jornada para cuidar de un hijo hasta que cumpla la mayoría de edad.
Cuidado de un familiar
Todos los trabajadores por cuenta ajena pueden reducir su jornada laboral para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, siempre y cuando esté debidamente acreditado que no puede valerse por sí mismo. Conlleva la disminución proporcional del sueldo, y no existe límite temporal.
Guarda legal
Cualquier trabajador puede solicitar una jornada reducida si es responsable de la guarda legal de: personas con discapacidad, menores de 12 años, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad que no se puedan valer de sí mismos, hijos menores de 18 años hospitalizados o en tratamiento de enfermedad grave.
En todos los casos la reducción de las horas de trabajo se puede prolongar hasta que dure el supuesto en base al cual se solicita.
Temas:
- jornada laboral
Lo último en Economía
-
Puente busca «material ferroviario» de Siemens en Alemania tras los problemas con los trenes de Talgo
-
El turismo salva al Gobierno: superávit de 6.000 millones en España mientras cae todo lo demás
-
Los banca británica cae con fuerza en Bolsa tras la propuesta de un impuesto extraordinario al sector
-
Milei consigue romper el récord de producción de petróleo en Argentina: toca máximos desde 1999
-
YPF y el Gobierno de Argentina negocian en España la compra de trenes de alta velocidad
Últimas noticias
-
Roban a una anciana suplantando a técnicos de teleasistencia: «Decían que las joyas hacían interferencias»
-
España – Bosnia: hora, canal TV y dónde ver online en directo el partido del EuroBasket 2025
-
Espectacular operación en Son Banya contra el tráfico de cocaína de los United Tribuns
-
El PP exige al Gobierno un plan de choque para afrontar «la vuelta al cole»
-
Pipi Estrada suspende a Ceballos: «Si te quieres ir del Real Madrid deja de marear»