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Nuevo impulso de la Seguridad Social: 5 años adicionales de cotización para quienes cumplan esta condición

Si fuiste becario o estuviste de prácticas puedes aumentar en cinco tus años de cotización

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Planificar la jubilación se ha convertido tal vez, en una de las mayores inquietudes para quienes todavía están trabajando. La manera en la que se calcula la pensión o se opta a la jubilación han cambiado en los últimos años, de modo que muchos trabajadores ya no tienen claro si podrán retirarse a los 65 o si deberán alargar su vida laboral más de lo que habían imaginado. Cada periodo sin cotizar pesa, y no son pocos los que descubren, al revisar su historia laboral, que dejaron atrás prácticas, becas o actividades formativas que nunca cotizaron y que ahora pueden marcar la diferencia entre jubilarse antes o más tarde.

Ese escenario es especialmente habitual entre quienes empezaron su trayectoria con becas de investigación, prácticas universitarias o estancias formativas sin remuneración. Durante décadas, estos periodos no generaron derechos, pero el retraso progresivo de la edad de jubilación ha hecho que muchos afectados busquen fórmulas para recuperar tiempo perdido. Y, en este punto, hay una medida vigente que puede cambiar sustancialmente la situación de miles de personas. Desde agosto de 2024, la Seguridad Social mantiene abierto un convenio especial que permite sumar hasta cinco años adicionales de cotización por prácticas formativas realizadas en el pasado que nunca se cotizaron. La iniciativa, recogida en el BOE, supone un mecanismo excepcional que da margen a quienes necesitan completar su carrera de cotización y no pueden hacerlo únicamente con su actividad actual.

Quién puede acogerse a los cinco años de cotización extra

No todos los trabajadores pueden acceder a esta medida. La clave está en demostrar que las prácticas o actividades formativas se realizaron antes del 1 de noviembre de 2011 y que no existía obligación de cotizar en aquel momento. Ese límite temporal es importante, porque fue a partir de esa fecha cuando las prácticas empezaron a integrarse progresivamente en la normativa de cotización.

Entre los beneficiarios potenciales se encuentran quienes realizaron:

La medida también contempla a quienes completaron un doctorado antes del 4 de febrero de 2006, ampliando el abanico de personas que pueden sumar estos años de cotización. Además, es válido tanto si las prácticas se realizaron en España como en el extranjero, siempre que puedan acreditarse mediante documentación oficial.

Lo esencial es probar que esos periodos existieron y que, efectivamente, no computaron en la vida laboral. De ahí que muchas personas estén rescatando antiguos convenios de prácticas, certificados de centros educativos o documentación académica que en su día apenas tuvo importancia.

Cuánto cuesta recuperar esos años y cómo se calcula

La posibilidad de añadir hasta cinco años de cotización no es gratuita. La Seguridad Social ha fijado un sistema de cálculo basado en la base mínima del grupo 7 del Régimen General correspondiente al año en el que se realizaron las prácticas. A partir de ahí, se aplica un coeficiente reductor del 0,77, que ajusta el coste final.

En la práctica, esto se traduce en importes que suelen oscilar entre 40 y 140 euros al mes por cada año que se quiera recuperar. El pago puede realizarse de dos formas: abonarlo en un único plazo o fraccionarlo hasta en 84 mensualidades, lo que permite que la medida sea accesible para quienes necesitan repartir el coste en el tiempo.

Para muchos trabajadores, este esfuerzo económico compensa si les permite alcanzar la edad legal de jubilación sin penalizaciones o mejorar la cuantía de la pensión. Aun así, conviene valorar bien cada caso, ya que no todo periodo adicional cotizado tiene el mismo impacto según la carrera laboral de cada persona.

Cómo solicitar los cinco años adicionales

El convenio especial puede solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2028, por lo que todavía queda margen para quienes necesiten reunir documentación o tomar una decisión informada. Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social dispone de un máximo de seis meses para resolver.

El trámite se realiza a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, bien de forma presencial con cita previa o mediante la sede electrónica. El solicitante debe presentar los documentos que acrediten los periodos formativos y demostrar que no cotizaron en su momento. Cada caso requiere una revisión individualizada, por lo que es habitual que la Administración pida información complementaria antes de emitir la resolución definitiva.

Por qué esta medida cobra especial relevancia ahora

En un contexto en el que la edad de jubilación ordinaria continúa subiendo y los requisitos para retirarse a los 65 son cada vez más exigentes, disponer de mecanismos que permitan completar lagunas de cotización se ha vuelto fundamental. Para quienes iniciaron su carrera en etapas en las que las prácticas formativas no generaban derechos, esta medida puede marcar la diferencia entre jubilarse antes, evitar coeficientes reductores o mejorar la base reguladora.

El convenio especial no resuelve todos los casos, pero sí ofrece una opción real para quienes quedaron fuera del sistema durante años decisivos de formación. En la práctica, supone un nuevo impulso para un colectivo amplio que ahora puede recuperar tiempo que nunca llegó a computar, pero que sí formó parte de su trayectoria profesional.