La CNMC agilizará los trámites entre compañías y usuarios para los cambios de comercializadoras energéticas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado a consulta pública dos nuevas resoluciones en la que propone agilizar los trámites entre compañías y usuarios en materias como la gestión de los cambios de comercializador de energía y gas, introduciendo, además, otros nuevos para procesos como el desistimiento de contratos o para el traslado al comercializador regulado de consumidores que se quedan transitoriamente sin contrato de suministro.
En concreto, el regulador someterá a la presentación de alegaciones hasta el próximo 13 de septiembre sus proyectos de resolución sobre los nuevos formatos de ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y de gas natural y entre distribuidores y las comunidades y ciudades autónomas.
A finales de 2016, la CNMC ya aprobó la resolución en la que establecía una serie de formatos de ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y de gas natural.
Esta información facilita los cambios de comercializador en los sectores del gas y electricidad, las altas de nuevos puntos de suministro, las bajas de puntos de suministro, la gestión de las reclamaciones, las modificaciones en el contrato de acceso (del titular, de la potencia, del caudal, etc.), la facturación de peajes de acceso o las autolecturas.
En 2018, las solicitudes de cambio de comercializador activadas en el año 2018 fueron casi de 4 millones, correspondiendo 3,2 millones de activaciones al sector eléctrico y 0,7 millones al gasista. Así, las tasas de cambio de comercializador en el año representaron el 10,9% y el 8,9%, en el sector eléctrico y gasista, respectivamente, situándose entre las más altas a nivel europeo.
Asimismo, el año pasado se produjeron en ambos sectores 0,7 millones de altas de nuevos suministros y 0,4 millones de bajas. Adicionalmente los procesos de cambio en 2018 tuvieron una duración media de 8,5 y 10,3 días, para el sector eléctrico y gasista, respectivamente.
UN SISTEMA MÁS EFECTIVO, PERO MEJORABLE
De esta manera, el regulador estima que el sistema actual ha mejorado y es más efectivo, pero considera que no resulta aún totalmente eficiente, puesto que los procesos de cambio o de alta, son demasiado prolongados en el tiempo, y en ellos, tienen lugar bastantes rechazos de solicitudes, que deben ser reiteradas.
Con esta consulta pública, la CNMC prevé introducir mejoras en los formatos existentes y añade otros nuevos formatos para proteger los derechos de los consumidores.
En concreto, afecta al derecho que tiene el consumidor a desistir del contrato celebrado, el derecho a la garantía de suministro, con el traspaso de puntos de suministro a los comercializadores de referencia o de último recurso, cuando se carece transitoriamente de contrato de suministro, la consideración de los multicontratos o la agilización de las altas en el sector del gas natural, etc.
FORMATOS EN FAVOR DEL AUTOCONSUMO
Por otra parte, en lo relativo al autoconsumo de energía eléctrica, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha tenido que adaptar los formatos y protocolos de comunicación existentes entre las empresas distribuidoras y comercializadoras para incorporar la normativa sobre el autoconsumo (Real Decreto 244/2019, de 5 de abril).
Adicionalmente, la CNMC debe aprobar un nuevo formato de fichero de intercambio de información entre distribuidores y comunidades y ciudades autónomas, para que los consumidores conectados a baja tensión y con potencia instalada de generación inferior a 100 kW que realicen el autoconsumo puedan ver modificados de oficio sus contratos de acceso.
Asimismo, con la información disponible en las comunidades y ciudades autónomas, éstas deberán realizar de oficio el alta o la modificación de estas instalaciones en el registro administrativo de autoconsumo.
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