El juez mantiene imputado a Sánchez Galán por el caso Villarejo pero archiva la causa para los directivos
Galán asegura que fue él la víctima del espionaje de Villarejo y no el responsable
El juez prorroga seis meses la investigación sobre los presuntos encargos de Iberdrola a Villarejo
Galán advierte de que las intervenciones del mercado eléctrico «no funcionan»
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado que el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, continúe siendo investigado en la causa por los supuestos encargos de la eléctrica a empresas vinculadas al excomisario de Policía, José Manuel Villarejo.
El titular del juzgado central de Instrucción número 6 acuerda, no obstante, archivar las pesquisas respecto al director general de negocios de la multinacional, Francisco Martínez Córcoles, el expresidente de Iberdrola España Fernando Becker, y el exjefe del Gabinete de Presidencia Rafael Orbegozo, al no ver indicios contra ellos.
En relación a Sánchez Galán, que en su recurso alegó, como en ocasiones anteriores, que los hechos estarían prescritos y una presunta falta de concreción en el relato que se le imputa, el magistrado se remite al auto dictado el pasado junio.
Se trata, dice, de un documento de 25 folios de extensión, en el que se «desgrana de forma minuciosa y suficiente los hechos» que motivaron su declaración como investigado.
Sobre su participación, el juez subraya que, aunque no hay ningún archivo, ya sea escrito, sonoro o de imagen, que acredite directamente que Villarejo fue contratado por orden suya o que evidencie de forma inequívoca que supiera que éste era comisario en activo, sí que «hay indicios».
De ellos «puede desprenderse -con el carácter provisional que corresponde a esta fase procesal- que la iniciativa de llevar a cabo dicha contratación tuvo que partir de Ignacio Sánchez Galán, y que éste fue informado con detalle de los resultados de las gestiones del grupo Cenyt», vinculado al policía.
En este punto, García Castellón incide en que alguno de los reportes «conllevaba información difícilmente obtenible de no haber mediado la intervención de funcionarios públicos».
Para el magistrado, estos indicios no sólo aparecen desgranados en el citado auto, sino que, además, la declaración del presidente de Iberdrola en la Audiencia Nacional no ha permitido «desvirtuarlos», motivo por el que entiende que «debe mantenerse su imputación».
Archiva la causa contra tres directivos
En el caso de Becker, Orbegozo y Martínez Córcoles, el titular del juzgado atiende los recursos de sus defensas al no haber encontrado indicios que permitan afirmar que la iniciativa de contratar a Villarejo partió de alguno de ellos.
En su opinión, el puesto que ocupaba cada uno de los tres en la compañía «no puede transmutarse en una suerte de responsabilidad penal objetiva que permita sostener su continuación en el procedimiento».
En el caso de Martínez Córcoles, el auto advierte que «no se ha acreditado ningún tipo de dependencia orgánica o funcional» entre él y el que fuera jefe de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, también investigado y del que habría surgido el recurrir al excomisario.
«No existía un deber de supervisión, vigilancia o control respecto de la actuación respecto del responsable de Seguridad de la misma empresa. Tampoco Asenjo necesitaba ni del visto (bueno), ni del permiso o la autorización de Córcoles para desempeñar sus funciones».
Por su parte, tampoco basta con que Becker visara facturas de los encargos «para atribuirle responsabilidad penal», en tanto que «no consta que se produjese ningún tipo de comunicación (…) de la que se derivase que participó de algún modo en las contrataciones de Cenyt y/o de Villarejo, con conocimiento de su condición de policía en activo».
Asimismo, no hay pruebas que concluyan que «hubiese recepcionado, reenviado o conocido los informes confeccionados por Cenyt, a sabiendas de que habrían sido elaborados por un comisario en activo o con su colaboración».
Estos mismos argumentos repite el magistrado respecto de Orbegozo, quien «visaba una pluralidad de documentos y que únicamente se detenía en los aspectos formales a la hora de llevar a cabo dicho control».
Así pues, a la vista de las diligencias practicadas hasta el momento, “mantener su imputación sería contrario al principio de culpabilidad (no hay indicios de dolo o culpa) y la presunción de inocencia».
La causa abierta en la Audiencia Nacional trata de aclarar si Iberdrola contrató al excomisario por un total de un millón de euros entre 2004 y 2012 para, entre otras cosas, infiltrarse en plataformas contrarias a sus intereses o investigar a un accionista crítico con su gestión.
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