El juez aparta a los minoritarios y deja Abengoa en manos de EY
El Juzgado Mercantil 3 de Sevilla ha dejado sin funciones al actual consejo de Abengoa SA, tal y como solicitaba el representante de la administración concursal, EY Abogados. De esta forma, el magistrado Miguel Angel Navarro cesa al actual presidente de la compañía Juan Pablo López-Bravo y a Cristina Vidal, consejera de la multinacional, los únicos miembros que aún quedaban.
EY abogados solicitó el pasado 21 de junio este cambio de régimen en el concurso, cuyo efectos es la suspensión legal de facultades patrimoniales, que queda a cargo del propio administrador concursal. Ese mismo día, el consejo de la multinacional sevillana incumplió la obligación legal de convocar la junta general extraordinaria que un grupo de accionistas que aglutinan a más del 3% del capital haciendo ver que ya no era factible su destitución.
Con esta resolución el magistrado abre camino para facilitar la venta de Abengoa a Terramar, salvaguardando a la compañía de cualquier acción que suponga la retirada de la oferta vinculante realizada por el fondo, siendo esta la única operación de refinanciación presentada ante Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) de la mano de un inversor privado.
Esta operación incluye un convenio para el concurso de Abengoa y un plan de viabilidad para Abenewco y su grupo, resolviendo la situación de la compañía y manteniendo la totalidad del empleo. De esta forma, el juzgado atiende a la solicitud de EY, que pedía un cambio de régimen en Abengoa que culminase con la suspensión de as facultades de la concursada sobre la masa activa. Para Abenewco1, los administradores de la compañía había solicitado el régimen de intervención de las facultades de los respectivos órganos.
Según lo dispuesto en el auto judicial, la compañía pasa a manos de EY Abogados, que participará de todas las negociaciones garantizando la transparencia y viabilidad en el proceso de venta, preservando la masa activa para poder finalizar positivamente con el la venta de Abengoa.
Por último, el magistrado ordena que los «derechos políticos y económicos entre la concursada en las filiales del grupo pasarán a ser ejercidos por la administración concursal», que «actualizará los procedimientos de intervención en los órganos de administración de las sociedades que integran el grupo Abengoa, supervisando y decidiendo respecto de aquellos actos y negocios que tengan trascendencia para el concurso».
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