El giro de la declaración de la renta que lo cambia todo con Hacienda: te afecta si tienes dos pagadores
Hacienda ha introducido novedades respecto al número de pagadores en la declaración de la renta
El pasado viernes 2 de mayo se cumplió un mes desde el inicio de la campaña de la declaración de la renta y desde el miércoles 2 de abril se han contabilizado 7.602.000 declaraciones. Hacienda ha introducido una serie de novedades en esta campaña de la renta que tienen que ver con el límite exigido a los que tengan varios pagadores. Consulta en este artículo todo lo que tienes que saber sobre la campaña de la declaración de la renta.
Desde el pasado miércoles 2 de abril, los ciudadanos españoles que cumplan con los requisitos de ingreso tienen la obligación de presentar ante la Agencia Tributaria los ingresos correspondientes a 2024. Hasta el próximo 30, los contribuyentes podrán hacer el ejercicio del IRPF a través de internet, por la vía telefónica (se abrió el plazo el 6 de mayo) y el próximo mes de junio el que lo desee podrá visitar cualquier oficina de la Agencia Tributaria para que un agente le haga la renta de forma presencial.
En el primer mes de la campaña, 4.341.000 ciudadanos ya han recibido la devolución de la declaración de la renta y el importe entregado total ya llega a los 3.040 millones de euros, según los datos difundidos este martes por el Ministerio de Hacienda. El número de devoluciones ha bajado un 2,2% con respecto al mismo mes del año pasado y el importe total de lo que ha devuelto la Agencia Tributaria ha crecido un 7,1% con respecto al año anterior.
De los 7 millones de declaraciones que se han presentado, 6.074.000 son solicitudes de devolución para los contribuyentes, mientras que 1.112.000 son con resultado a ingresar. Según confirmó la Agencia Tributaria en el primer día de la campaña de la renta, «este año se prevé la presentación de 24.868.000 declaraciones, un 3,1% más, de las cuales se espera que 17.069.000, más de un 68%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 14.908 millones de euros».
Hacienda y la decisión con los pagadores
Los ciudadanos que hayan tenido unos ingresos superiores a 22.000 euros en 2024 tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta. También lo tendrán que hacer los que superen los 15.876 euros y tengan dos pagadores, siendo el segundo superior a 1.500 euros.
Una de las rectificaciones de Hacienda ha tenido que ver con el límite del segundo pagador, ya que incluso se llegó a aprobar que este subiera a 2.500 euros. Incluso se había aprobado en el Real Decreto Ley 9/2024 a través del Boletín Oficial del Estado, pero finalmente su aplicación quedó derogada tras no ser convalidada en el Congreso. De esta forma, la decisión de Hacienda con respecto a los contribuyentes que tengan varios pagadores está clara: los que tengan varios y el segundo o tercero superen el límite de 1.500 euros estarán obligados a presentar la declaración de la renta.
Hay que tener en cuenta que Hacienda sí considerará como segundo pagador a los ingresos procedentes de una prestación por desempleo o demás subsidios del SEPE. La Agencia también deja claro a través de su página web oficial que no se considerará segundo pagador a las pensiones por incapacidad permanente, prestaciones por dependencia, becas, rentas mínimas o indemnizaciones por accidente. Tampoco se considerará como un pagador a las ayudas recibidas como compensación por un accidente de tráfico.
Exentos de hacer la renta
Hacienda exime a unos grupos determinados de presentar la declaración de la renta en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Son los siguientes:
- Las prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo.
- Las ayudas de cualquier clase percibidas por los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana, reguladas en el Real Decreto-Ley 9/1993, de 28 de mayo.
- Las pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil, 1936/1939.
- Las prestaciones económicas percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con discapacidad, mayores de 65 años o menores.
- Los premios literarios, artísticos o científicos relevantes, así como los premios Príncipe de Asturias.
- Las ayudas de contenido económico a los deportistas de alto nivel.
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