La Fiscalía pide a la Audiencia Nacional que condene a Ryanair por vulnerar el derecho a huelga en 2022
Los paros surgieron como respuesta a las continuas quejas sobre la precariedad laboral
La Fiscalía ha solicitado a la Audiencia Nacional que la aerolínea irlandesa Ryanair sea condenada por vulneración del derecho de huelga de los tripulantes de cabina de pasajeros en los paros convocados por Unión Sindical Obrera (USO) y por el Sindicato Independiente de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Líneas Aéreas (Sitcpla) entre junio de 2022 y enero de 2023.
Esta información se encuentra detallada en un comunicado emitido por el Ministerio Público, el cual también respalda la condena de otras dos empresas comerciales, subcontratistas de la aerolínea, por razones similares: Crewlink Ireland LTD y Workforce International Contractors LTD.
La huelga de Ryanair
Los paros surgieron como respuesta a las continuas quejas sobre la precariedad laboral, y tras la celebración del juicio el pasado 29 de noviembre en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la Fiscalía señala que se ha observado que la aerolínea «realizó de forma reiterada y reincidente actos tendentes a obstaculizar e impedir el legítimo ejercicio del derecho de huelga mediante actos de diversa naturaleza».
Así, enumera que hubo «falta información a los trabajadores sobre los vuelos programados», se hizo una «designación abusiva del número de trabajadores para la prestación de servicios mínimos, se dio una «utilización de trabajadores de terceros estados» y existieron apercibimientos de despidos disciplinarios, según recoge EuropaPress.
Es importante recordar que los sindicatos tomaron medidas legales inicialmente después de que Ryanair, según sus denuncias, incumpliera la Resolución de Servicios Mínimos emitida por el Ministerio de Transportes durante los primeros días de huelga programados para los días 24, 25 y 26 de junio de ese año. Los sindicatos sostenían que Ryanair designó como vuelos protegidos todos los vuelos programados, lo que resultó en una fijación ilegal del 100% de los servicios mínimos.
USO y Sitcpla señalaban que los tripulantes de Ryanair se vieron obligados a operar esos vuelos bajo la apariencia de servicios mínimos, por lo que no pudieron ejercer efectivamente su derecho a huelga.
Paralelamente, USO y Sitcpla también presentaron denuncia ante la Dirección Especial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra Ryanair para poner en conocimiento de este organismo las «múltiples irregularidades» que, nuevamente, la aerolínea habría cometido «con total impunidad», como la asignación de guardias, tanto en domicilio como en casa, que en esa primera jornada fue del 113% más con respecto a un viernes cualquiera.
En abril de este mismo año, el Tribunal Supremo rechazó un recurso presentado por Ryanair y sus subcontratas, Crewlink Ireland Ltd y Workforce Contractors Ltd, contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2021. Dicha sentencia declaró que estas empresas violaron el derecho de huelga de los trabajadores que participaron en la convocatoria de 10 días de septiembre de 2019, así como los derechos de libertad sindical de los sindicatos USO y Sitcpla.
La sentencia emitida por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo confirmó la nulidad radical de varias acciones empresariales por ser contrarias a los derechos fundamentales de huelga y libertad sindical. Además, condenó a las empresas demandadas a indemnizar a los dos sindicatos demandantes con la suma de 30.000 euros para cada uno de ellos, como compensación por los daños morales ocasionados.
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