Éste es el último día para presentar la Declaración de la Renta 2023
El fin de la Campaña de la Renta se encuentra a la vuelta de la esquina, ya que este lunes, 1 de julio, va a finalizar este proceso. Además, hay que tener en cuenta que este 2023, la fecha para presentar la Declaración de la Renta se ha alargado un día más, ya que el 30 de junio ha caído este año en domingo.
Como consecuencia de ello, los contribuyentes que todavía no hayan presentado su Declaración del IRPF disponen tan solo de un par de horas para terminar este trámite, que se corresponde con el ejercicio del año 2023.
La Campaña de la Renta arrancó el 3 de abril y se extiende hasta este mismo lunes, 1 de julio. Sin embargo, hay que recordar que en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, ya concluyó la fecha para presentar este trámite el pasado miércoles, 26 de junio.
Se prevé que en la Campaña de la Renta de este año se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, lo que supone un 1,2% más que en el 2022. Además, se espera que un 63% de ellas tengan derecho a devolución, en concreto, 14.614.000, un 3% menos, con un importe estimado de 11.650 millones de euros.
Novedades en la Declaración de la Renta 2023
Una de las grandes novedades es que todos los trabajadores autónomos tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta el año que viene, independientemente de sus ingresos.
De igual forma, las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Esta campaña también ha destacado por la ampliación de la deducción por maternidad y la deducción en el IRPF por guarderías, aunque el centro no cuente con la autorización de centro educativo. Asimismo, también cuenta como novedad las devoluciones a los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF.
¿Quiénes no tienen que presentar la Renta?
Normalmente, las personas que no están obligadas a presentar la Declaración de IRPF son aquellas con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. No obstante, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En estos casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Al igual que en el 2022, tampoco tienen la obligación de presentar la Renta las personas que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
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