Hacienda reconoce que no elaboró ningún informe para retrasar el Verifactu hasta 2027
El ministerio de Hacienda ha admitido oficialmente que no elaboró ningún informe técnico, económico o jurídico previo para justificar la prórroga del sistema Verifactu hasta 2027. Un hecho curioso, que viene a admitir que se retrasó ante las protestas de los autónomos, y que no cuenta con informes como para discutir esas protestas. Cuando termine la prórroga, la situación volverá a ser la misma, puesto que nada justifica la temporalidad de la medida, ni en un sentido ni en el contrario. Así se desprende de una resolución de la Agencia Tributaria en respuesta a una solicitud de información pública, en la que el organismo reconoce, además, que tampoco remitió documentación al Gobierno para respaldar la decisión.
La revelación pone en cuestión el proceso seguido por el Ejecutivo para retrasar la implantación de este sistema de control de facturación, clave en la lucha contra el fraude fiscal. Según el propio documento, la Agencia Tributaria se limitó a “la aplicación” de la prórroga, sin haber participado en su motivación técnica o normativa .
La decisión de posponer la entrada en vigor de Verifactu hasta el 1 de enero de 2027 (y hasta el 1 de julio de ese mismo año para determinados contribuyentes) se adoptó sin estudios previos sobre su impacto ni análisis de riesgos fiscales asociados. Un vacío que ahora reconoce la propia Administración en un documento oficial firmado el pasado 13 de marzo.
Sin evaluación de impacto
Uno de los aspectos más llamativos de la resolución es la confirmación de que no existen informes que sustenten la medida. Hacienda admite expresamente que «no se han llevado a cabo evaluaciones, informes o valoraciones» sobre el impacto económico de la prórroga, ni sobre sus efectos en el control del IVA, la trazabilidad o los riesgos fiscales.
Esto implica que el retraso de Verifactu (un sistema diseñado para reforzar el control de las facturas y evitar el uso de software de doble uso) se aprobó sin cuantificar su coste para empresas ni para la propia Administración. Tampoco se analizaron las posibles consecuencias de posponer su implantación en términos de fraude o pérdida de ingresos tributarios.
Además, la Agencia Tributaria reconoce que no remitió al Gobierno ningún informe o documentación relativa a esta prórroga, lo que refuerza la idea de que la decisión se tomó sin respaldo técnico desde el principal organismo encargado de su ejecución.
La falta de documentación también se extiende a las Cortes Generales, ya que el organismo confirma que no se trasladó ningún material relacionado con esta decisión. Todo ello dibuja un escenario en el que una medida de gran calado fiscal se adoptó sin el soporte habitual de análisis previos.
Verifactu «contra el fraude»
Verifactu forma parte del paquete de medidas impulsadas para reforzar el control fiscal y combatir el fraude, especialmente tras la prohibición del software de doble uso introducida en 2021. Su implantación obligará a empresas y profesionales a utilizar sistemas de facturación que garanticen la integridad y trazabilidad de los datos. Algo que los autónomos defienden que ya ocurre, pero que les obligará a tener que cubrir nuevos gastos, y actuará como un Gran Hermano vigilándoles.
Pese a la importancia que el Gobierno le atribuye, la decisión de retrasar su entrada en vigor no fue acompañada de estudios que avalaran la conveniencia de la medida. Tampoco se evaluaron los efectos sobre las empresas, que deberán adaptar sus sistemas tecnológicos, ni sobre la propia Agencia Tributaria, que tendrá que gestionar el nuevo modelo.
La resolución sí aporta algunos datos parciales sobre el contexto en el que se produjo la prórroga. Por ejemplo, señala que el número de empresas que optaron voluntariamente por el Suministro Inmediato de Información (SII) aumentó en unos 23.000 contribuyentes. Sin embargo, la Agencia reconoce que no dispone de análisis detallados sobre este fenómeno sin realizar una «reelaboración» previa de los datos.
La prórroga también vino acompañada de cambios normativos, como la posibilidad de renunciar al SII en un plazo extraordinario, lo que evidencia ajustes sobre la marcha en la política tributaria. Aun así, la documentación interna sobre estas modificaciones fue considerada “información auxiliar” y, por tanto, no se facilitó.
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